Inscritos candidatos al Consejo de la Juventud

Los jóvenes de Pitalito seleccionaron 28 candidatos para que de ese grupo salgan los representantes al Consejo Municipal de la Juventud, que se elegirá el próximo 10 de agosto. Los jóvenes de Pitalito seleccionaron 28 candidatos para que de ese grupo salgan los representantes al Consejo Municipal de la Juventud, que se elegirá el próximo 10 de agosto. Los votados tendrán la responsabilidad de articular las políticas de juventud con la administración municipal. RODRIGO ROJAS GARZÓN LA NACIÓN, PITALITO La Secretaría de Gobierno informó que al cierre  del periodo de inscripciones de candidatos interesados en la elección del Consejo Municipal de la Juventud se encontraron inscritos 28 jóvenes, lo que evidencia una buena intervención de esta población en los procesos participativos, otorgados por la ley. Por su parte el politólogo Freddy Artunduaga, quien estuvo a cargo de las jornadas de socialización, informó que fueron inscritos dos de comunidades étnicas, otros dos por organizaciones de juventudes y 24 por elección directa de los jóvenes. De estos últimos sólo nueve tendrán asiento en el Consejo Municipal de la Juventud. Elecciones Las elecciones se cumplirán el 10 de agosto entre las 8:00 a.m. y las 3:30 p.m. Los puestos a los que acudirán los jóvenes entre los 14 y 26 años de edad para elegir a sus representantes corresponden a: Sena Sede Centro, Colegio Nacional, Institución Educativa Montessori y en las instituciones educativas de cada uno de los corregimientos de la ciudad.  Para el caso de Charguayaco, el punto se ubicará en la sede de la Universidad Surcolombiana. Los integrantes del Consejo Municipal de la Juventud tendrán un periodo de tres años. Los Consejos de Juventud son organismos colegiados de carácter social, autónomos en el ejercicio de sus competencias y funciones e integrantes del Sistema Nacional de Juventud, que operan en los departamentos, distritos y municipios en el nivel nacional, conforme a lo dispuesto en la Ley 375 de 1997 y de acuerdo con los criterios, reglas y orientaciones del presente decreto. Su conformación se hará mediante un sistema de representación de jóvenes y de organizaciones y grupos juveniles. Funciones El Consejo Municipal de la Juventud tiene como funciones: actuar como instancia válida de interlocución y consulta ante la administración y las entidades públicas del orden nacional y territorial, y ante las organizaciones privadas, en los temas concernientes a juventud. Proponer a las respectivas autoridades planes y programas para el cabal desarrollo de las disposiciones de la Ley 375 de 1997 y de las demás normas relativas a juventud, y concertar su inclusión en el correspondiente Plan de Desarrollo. Establecer estrategias y procedimientos para que los jóvenes participen en el diseño de políticas, planes, programas y proyectos de desarrollo dirigidos a la juventud, y ejercer veeduría en la ejecución de los mismos. Fomentar la creación de organizaciones y movimientos juveniles en la respectiva jurisdicción. Dinamizar la promoción, la formación integral y la participación de la juventud, de acuerdo con las finalidades de la Ley 375 de 1997 y demás normas que la modifiquen o complementen. Promover la difusión y el ejercicio de los derechos humanos, civiles, sociales y políticos, y en especial de los derechos y deberes de la juventud. Elegir representantes ante otras instancias de participación juvenil, y en general ante aquéllas cuyas regulaciones o estatutos así lo dispongan. Contribuir en gestión de  planes y programas dirigidos a la juventud, y autogestionar recursos que contribuyan al desarrollo de los propósitos de la Ley 375 de 1997. Adoptar su propio reglamento de organización y funcionamiento. Los jóvenes de Pitalito inscribieron 28 representantes para la elección del Consejo Municipal de la Juventud.

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