El Consejo de Estado ordenó la suspensión provisional de Jhon Fredy Núñez Ramos, representante de las victimas en la Curul de Paz #5 por el Caquetá y Huila.
¿Qué son las curules de paz?
Las 16 curules de paz o “curules de víctimas”, como también se las conoce, son producto del Acuerdo de Paz suscrito entre el Estado colombiano y la extinta guerrilla de las Farc. Su propósito original era “garantizar una mejor integración de zonas especialmente afectadas por el conflicto, el abandono y la débil presencia institucional, y una mayor inclusión y representación política de estas poblaciones y de sus derechos políticos, económicos, sociales, culturales y ambientales”, pero muchos de sus aspirantes resultaron denunciados por tener vínculos con partidos tradicionales.
¿Por qué la suspensión?
En el caso de Nuñez, desde el comienzo tuvo múltiples cuestionamientos en su aspiración al Congreso para ganar la curul de paz o curul de víctimas, toda vez que en su carrera política anterior había sido cercano a parapolíticos condenados como el exgobernador Álvaro Pacheco y también militó y fue directivo del Partido Opción Ciudadana (llamado antes Partido de Integración Nacional), una colectividad que acogió en sus filas a decenas de políticos relacionados con los grupos paramilitares.
La demanda de nulidad electoral fue interpuesta por Sandra Milena García Penna, quien fue candidata a la CITREP No. 5, en el que argumentó que existía una prohibición para ocupar la Curul de Paz, por participación política en años anteriores. Según el Consejo de Estado, Núñez habría sido militante de Opción Ciudadana en el año 2015, a la Asamblea Departamental del Caquetá.
“La Sección Quinta del Consejo de Estado 6 en el medio de control de nulidad por inconstitucionalidad, y decretó la suspensión provisional de la expresión “en cualquier tiempo” contenida en el numeral 1º del artículo séptimo 7 de la Resolución No. 10592 de 28 de septiembre de 20218 proferida por la RNEC”, dice el comunicado del Consejo de Estado.