Piero Emmanuel Silva Arce*
El fallo de la Corte Constitucional colombiana sobre Justicia Especial para la Paz (JEP) ha generado mucha polémica por estos días. A pesar de que la decisión del tribunal logró destrabar la aprobación de este mecanismo de justicia transicional en el congreso, algunos de los objetivos fundamentales con los que nació fueron cercenados, dejando en veremos lo acordado en el arduo proceso de paz que se llevó a cabo entre el Gobierno colombiano y las Farc.
Una de las modificaciones más críticas a la JEP tiene que ver con imposibilitar que este tribunal investigue a los terceros que hubieran participado en el conflicto armado, es decir, personas de la sociedad civil como empresarios y financiadores de grupos al margen de la ley ya no se someterán de manera obligatoria a la JEP, aunque sí podrán hacerlo de manera voluntaria. El argumento de la Corte es que estos civiles no participaron del Proceso de Paz y por ello no se les puede cambiar su juez natural. La explicación resulta un tanto descabellada si se tiene en cuenta que quienes financiaron el conflicto armado, especialmente a grupos paramilitares, son responsables de muchas de las víctimas. Además, es bien conocido el problema de la justicia en Colombia, cooptada por redes clientelares y corruptas que inciden en las decisiones e impiden la materialización de un sistema jurídico eficaz y transparente.
Con la ampliación de la garantía de que la JEP no será un escenario para castigar a expresidentes, exministros y exgobernadores, se evidencia de nuevo una idea de justicia profundamente distorsionada y carente de lógica. ¿Cuál es el problema en que se condene a un expresidente en caso de comprobársele que ha sido un delincuente? Es difícil entender cómo se ha ido naturalizando y legitimando la idea de que alguien que ha ocupado este cargo es intocable. Se puede decir que, por el contrario, su responsabilidad es como la de cualquier persona que infringe la ley de un Estado.
Otra de las determinaciones de la Corte es impedir que hagan parte de la JEP juristas que han estado relacionados con casos vinculados al conflicto armado o que hayan participado en procesos en contra del Estado. Según la extraña decisión de la Corte es necesario contar con abogados que no tengan experiencia en Derechos Humanos, ni en procesos jurídicos relacionados con el conflicto armado en un tribunal de justicia transicional. Indudablemente las determinaciones de la honorable Corte Constitucional son una burla a la justicia que impide el conocimiento de la verdad.
Investigador del Grupo: “Diálogos”.