La contrarreloj de la JEP

Exmagistrado Néstor Raúl Correa, secretario Ejecutivo de la Jurisdicción Especial de Paz.
Setenta integrantes de la fuerza pública, encarcelados por procesos penales relacionados con el conflicto, han obtenido libertad condicional en virtud de la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP). Así mismo, 112 miembros de las Farc han salido de prisión y otros 160, involucrados con delitos de mayor gravedad, fueron traslados a las zonas veredales. Se supone que unos y otros, inicialmente procesados por la justicia ordinaria, ahora obtienen la “libertad transitoria, condicionada y anticipada”, y quedan en manos de la JEP. El problema es que esta jurisdicción aún no tiene manos ni brazos ni pies. Ni siquiera una sede.
En rigor, la JEP sigue confinada en textos de leyes, parágrafos y proyectos. Es muy poco lo tangible. Este tribunal es el componente judicial del acuerdo final suscrito por el gobierno y la guerrilla. En el texto definitivo de paz, firmado en el Teatro Colón el 24 de noviembre de 2016, se establece que la JEP tendrá una Secretaría Ejecutiva y cinco órganos. Estos son: Sala de Reconocimiento de Verdad, Sala de Amnistía e Indulto, Sala de Definición de Situaciones Jurídicas, Unidad de Investigación y Acusación, y el Tribunal de Paz.
 
Se estima que por ese andamiaje jurídico deberán hacer tránsito, en distintos niveles y en los próximos diez años, cerca de 15.000 personas involucradas en el conflicto. Serían 3.000 guerrilleros que están encarcelados, 7.000 más concentrados en las zonas veredales, 4.000 miembros de la fuerza pública y 1.000 particulares. Pero ni siquiera a lo lejos se avizoran condiciones para que la JEP arranque formalmente a operar.
De momento, el único órgano existente es la Secretaría Ejecutiva, en cabeza del exmagistrado Néstor Raúl Correa. Él trabaja con un pequeño grupo de colaboradores en una oficina al norte de Bogotá. El espacio fue provisto por Naciones Unidas (el presupuesto oficial con que operará la JEP está atado al proyecto de ley estatutaria que acaba de ser radicado en el Congreso para iniciar trámite). En esta etapa previa al arranque de la JEP, Correa se ocupa de dos tipos de labores.
 
Por un lado recorre el país recaudando las miles de actas firmadas por subversivos y agentes del Estado interesados en someterse a la jurisdicción de paz. Se trata del requisito inicial para que algunos de estos puedan pedir ante un juez la libertad condicional. Además debe estudiar con lupa los derechos de petición que más de 50 parapolíticos le han formulado pidiendo pista en la JEP. Por otra parte, el secretario trabaja en toda la logística que implica la jurisdicción, la cual necesitará de un presupuesto anual cercano a los 44.000 millones de pesos. De acuerdo con un estudio de la Universidad de los Andes, se calcula que la JEP –en el pico de su tercer y cuarto año– llegará a tener una planta de entre 1.100 a 1.200 personas, que deben ser seleccionadas a través de un mecanismo por definirse.
 
LA OPERACIÓN
 
Y para operar se requiere un edificio de considerable tamaño que además cumpla con condiciones de seguridad y disposición interna, pues en este se celebrarán audiencias públicas en las que se expondrán los episodios más atroces de la guerra. El magistrado Correa tiene el desafío de resolver todos estos asuntos. Otra misión, tanto o más compleja, tiene el Comité de Escogencia, integrado por los colombianos José Francisco Acuña y Claudia Vaca, y los extranjeros Diego García Sayán, Álvaro Gil Robles y Juan Méndez. Los cinco deben seleccionar a los magistrados que tomarán las decisiones en la JEP. Deben ser 38 magistrados colombianos, 20 para el tribunal y seis para cada una de las salas, y diez juristas extranjeros que podrán aportar luces en deliberaciones de ciertos casos sin posibilidad de votar.
 
El comité también tiene que escoger otros 13 magistrados y cuatro juristas foráneos que serán suplentes. Así mismo seleccionar al director de la Unidad de Investigación, el cual, a su turno, nombrará como mínimo a 16 fiscales y cinco suplentes. Y aunque la Comisión de la Verdad y la Unidad de Búsqueda de Personas dadas por desaparecidas son mecanismos extrajudiciales, el comité también debe elegir a 11 comisionados para aquella y a un director para esta.De los aciertos o fallas del Comité de Escogencia dependen la suerte de la JEP y el horizonte real de conciliación del país. A los cinco integrantes se les encomendó esta misión con mensaje de urgencia desde abril y tendrán ocho meses como tiempo máximo para cumplirla, es decir, hasta noviembre.
 
Una vez los magistrados de la JEP asuman su cargo, antes de ocuparse del primer expediente, deberán elaborar su código de procedimiento, el cual debe ir al Congreso para ser aprobado. Es incierto si para ese momento habrá aún fast track que permita un trámite abreviado. En los últimos días, tras la salida del ministro del Interior, Juan Fernando Cristo, su sucesor, Guillermo Rivera, anunció que el gobierno extendería el instrumento de la vía rápida por otros seis meses, a fin de tramitar los proyectos faltantes para la implementación del acuerdo de paz, entre estos la ley estatutaria de la JEP.
 
ENCRUCIJADA
 
Otra encrucijada que tiene por delante la jurisdicción de paz tiene que ver con la permanencia de las zonas veredales donde se concentran los guerrilleros que deberán definir su situación jurídica ante la JEP. En el acuerdo final se estableció que las zonas concluirían con el desarme de las Farc el 1 de junio. Pero cumplir ese término es imposible, pues estas ni siquiera están terminadas y desmantelar las 900 caletas de armamento que tienen las Farc tomará un tiempo significativo. Todo indica que el calendario inicial tendrá ajustes. Y está por verse si la ampliación da para empatar la caducidad de las zonas con el arranque de la JEP. De no ser así, ¿qué pasaría con los guerrilleros que tienen procesos penales no amnistiables, es decir, los jefes y principales responsables?

 
Por otra parte, para despejar la puesta en marcha de la JEP, también falta que la Corte Constitucional se pronuncie sobre el examen que hará a cada una de las leyes y actos que expida el Congreso habilitando la jurisdicción. El campanazo que dio la corte la semana pasada, cuando peluqueó el Procedimiento Legislativo Especial para la Paz, avizora nubarrones. Y nadie sabe cuánto tiempo pueden tomar los magistrados en revisar la producción del Congreso en materia de paz.
Así las cosas, poner a andar la Jurisdicción Especial para la Paz es tan urgente como difícil.
 
Por todo ello, no son pocas las voces que señalan que para sacar adelante la paz se requiere un auténtico empeño ya no solo de todas las instancias del Estado, sino de la sociedad en general. En el Congreso se habla de convocar a sesiones extras e incluso de una iniciativa legislativa para extender más el fast track. Un grupo de universidades y organizaciones civiles propone que se otorgue a la Corte Constitucional la facultad extraordinaria de congelar temporalmente los términos de los procesos ordinarios para concentrarse en el estudio de las normas apremiantes del fin de conflicto. Son propuestas audaces que, ante el riesgo de que la paz se enrede, habría que considerar.
 

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