Consagra el artículo 13 de la Constitución Nacional el llamado principio de igualdad, por el cual se garantiza que todas las personas en Colombia son iguales ante la ley y tienen los mismos derechos y oportunidades, sin discriminación alguna por razones de sexo, raza, origen nacional o familiar, lengua, religión, opinión política o religiosa.
La Jurisprudencia Nacional viene haciendo importantes desarrollos con fundamento en el principio mencionado, se han igualado derechos entre hombre y mujer, las relaciones contractuales bajo posición dominante, los derechos de las parejas del mismo sexo, etc. Todas las altas Cortes han contribuido a esta equidad con el fundamento constitucional advertido.
Sin embargo, cuando en la década pasada se trató el tema de la edad de retiro forzoso, consagrada por ley para casi todos los funcionarios públicos a los sesenta y cinco años, la Corte Constitucional advirtió en sentencia que dicha limitante no se aplicaba a los magistrados de la Corte Constitucional y del Consejo Superior de la Judicatura, puesto que la Constitución de 1991 que creó estas corporaciones es posterior a la ley que estableció la edad de retiro forzoso y por ello, no las cobijaba.
Esta jurisprudencia no dejó un buen sabor, puesto que pone en vilo el principio de la igualdad y además la norma de la Constitución es supremamente clara; el artículo 233 señala que los magistrados de la Corte Constitucional, de la Corte Suprema y del Consejo de Estado serán elegidos para períodos de ocho años y permanecen en sus cargos mientras observen buena conducta, tengan rendimiento satisfactorio y no hayan llegado a la edad de retiro forzoso.
La conclusión no puede ser otra; la norma los cobija a todos, incluso a los magistrados de la Corte Constitucional, cualquiera otra interpretación es contraria a la Constitución en nuestra opinión.
Sabemos que con esta interpretación lamentablemente se sacrifican excelentes magistrados que tendrían que retirarse por haber llegado ya a la edad de retiro forzoso; bien podría pensarse en alternativa diferente, como la que han tenido las propuestas de elevar la edad de retiro a los setenta años para todos los funcionarios públicos. El tema se discute nuevamente en la Corte Constitucional, es de esperarse en la decisión que se aproxima, que no se inmole el principio y que apliquemos aquello de que la igualdad comienza por casa.
*Ex presidente Corte Suprema de Justicia