La justicia cojea pero nunca llega

El ex alcalde de Neiva, Luis Alberto Díaz Méndez, murió esperando una reparación económica por un ‘Fake news’ de la Fiscalía. Después de 14 años de su fallecimiento, el Consejo de Estado le resolvió las reclamaciones. Increíble.

RICARDO AREIZA

unidadinvestigativa@lanacion.com.co

 

Definitivamente la justicia cojea, pero además, nunca llega. El ex alcalde de Neiva, Luis Alberto Díaz Méndez, falleció esperando una indemnización económica que nunca llegó.

La demanda de reparación fue instaurada el 2 de diciembre de 1999 por un ‘fake news’ que publicó la Fiscalía tres días antes de las elecciones, ubicándolo en una ‘lista negra’ de candidatos investigados por corrupción.

Díaz Méndez, quien aspiraba al Senado de la República por el Partido Conservador en elecciones de 1998, consideró que esa “noticia falsa”, con enorme despliegue mediático, terminó ahogando su aspiración al Congreso.

La publicación en diversos medios de comunicación de un proceso judicial en su contra por el delito de peculado, resultó inexacta pero a su juicio, incidió en el resultado de los comicios.

“El haber entregado la Fiscalía a prestigiosos e influyentes medios de comunicación nacionales y locales, para su divulgación, una lista de implicados o investigados por delitos contra la administración pública, pocos días antes de las elecciones, influyó en sus seguidores y frustró la elección”, anotó.

“La indebida interferencia de la misma Fiscalía en el debate electoral del pasado 8 de marzo de 1998, mediante la entrega de dicho listado a los medios de comunicación, generó graves desigualdades en el proceso político regional”, insistió.

Bomba política

Díaz Méndez, había sido concejal, diputado y fue el segundo alcalde elegido popularmente en Neiva (1990 – 1992). Luego aspiraba a ser gobernador, pero en plena campaña por un acuerdo político retiró su candidatura a la Gobernación del Huila, para aspirar al Senado y en su lugar respaldó el nombre de Jaime Bravo Motta, quien finalmente resultó elegido Gobernador.

Díaz Méndez, se inscribió como candidato al Senado de la República el 2 de febrero de 1998, para las elecciones del 8 de marzo de ese año, para el período constitucional 1998-2002.

El comunicado de la Fiscalía divulgado el 5 de marzo de 1998, tres días antes de la jornada electoral, sin duda, fue una bomba política.

“La noticia produjo honda conmoción en círculos ciudadanos, hasta el punto que la campaña política próxima a culminar sufrió un duro revés en su contra, porque en los municipios donde existía un buen respaldo electoral los impulsores de la candidatura disminuyeron el trabajo proselitista”, aseguró Díaz Méndez.

“Aunque la Fiscalía General de la Nación divulgó posteriormente un informe de prensa aclarando la situación jurídica, el perjuicio ya estaba hecho; se  afectó de manera grave el equilibrio y la igualdad entre los candidatos que a nivel nacional participaban en la contienda electoral para el Senado de la República”, alegó el dirigente pastranista.

Luis Alberto Díaz Méndez, murió esperando un fallo que llegó 14 años después de muerto.

Grave falla

“La información suministrada por la Fiscalía General de la Nación a los medios de comunicación, alteró notablemente la intención de voto, pues no había tiempo suficiente para la rectificación de la información, con las consecuencias nefastas para la campaña al Senado de la República”, precisó su abogado defensor.

“Las circunstancias relacionadas en este escrito dieron lugar a la tipificación de una falla en el servicio imputable al Estado, por la forma imprudente, antijurídica e indebida como actuó la Fiscalía General de la Nación, comportamiento que causó una grave desigualdad en el debate electoral”, afirmó al sustentar la demanda.

Denuncia penal

La Fiscalía precisó que la investigación la inició por una denuncia penal que instauró el ex alcalde Jorge Enrique Muñoz Guzmán (1981).

La denuncia fue radicada el primero de abril de 1992, ante el Juzgado Sexto de Instrucción Criminal en contra del alcalde Díaz Méndez y varios concejales, al haber decretado auxilios por 40 millones de pesos a favor de terceras personas naturales y jurídicas de derecho privado, ya prohibidos por la Constitución de 1991, promulgada el 4 de julio de ese año.

Por este hecho Díaz Méndez fue detenido. El juez Décimo de Instrucción Criminal Luis Enrique Viveros ordenó, ordenó el 20 de mayo su captura por el delito de peculado por apropiación en beneficio de terceros.

Cacería de brujas

“Tengo la conciencia tranquila, he obrado de acuerdo con las normas, con las leyes y la Constitución, y el único pecado que me pueden endilgar es servirle a mi pueblo”, explicó Díaz Méndez, al conocer la decisión.

“En estos momentos cuando hay una cacería de brujas, los honestos y los honrados tenemos que pagar las consecuencias mientras los delincuentes campean sin ninguna clase de problemas por la ciudad”, afirmó el segundo alcalde elegido popularmente, después de Jairo Morera Liscano.

Los auxilios fueron otorgados a entidades privadas durante la vigencia de 1991, a pesar de haber sido eliminados por la Constitución que acaba de nacer.

Además, fueron vinculados entre otros, los concejales de la época Jorge Pacheco, Jaime Sánchez Reyes, Eliseo Motta Vargas, Javier Roa Salazar y Héctor Javier Osorio.

“El juez se equivocó y cometió una tremenda injusticia”, afirmó el mandatario en ejercicio.  Tres días después se entregó voluntariamente.

El alcalde Díaz Méndez recobró su libertad bajo fianza, luego de 55 días de detención en el casino de oficiales de la Policía. La medida de aseguramiento fue revocada porque los concejales reintegraron parte de los auxilios que se habían otorgado después de la sanción de la Constitución de 1991.

El funcionario fue absuelto el 21 de junio de 1993 por el Juzgado Séptimo Penal del Circuito de Neiva. El fallo absolutorio fue confirmado por el Tribunal Superior de Neiva 7 de septiembre de 1994.

La Fiscalía reemplazó a los Juzgados de Instrucción Criminal.

Fake news

La Fiscalía admitió la imprecisión del comunicado que resultó un ‘refrito’, toda vez que el ex alcalde y entonces candidato al Senado, no figuraba en ninguna ‘Lista negra’ y su caso había sido archivado. Sin embargo, como ahora, no reconoció el ‘Fake News’ como se llama en tiempos de la modernidad.
“Dada la gravedad del ilícito investigado se puso en movimiento la actividad judicial, a fin de dilucidar y establecer la identidad de los infractores de la ley penal y determinar la participación en el delito”, explicó la Fiscalía.

“No se observa en la investigación penal adelantada, un error que se considere como ‘error jurisdiccional’ del cual se derive responsabilidad del Estado”, concluyó.

“Los perjuicios materiales se fundamentaban en la expectativa si hubiese sido elegido, situación que no se debe tener en cuenta, toda vez que el actor solo dependía de una votación que le fuera favorable”, alegó la Rama Judicial.

El 22 de octubre de 2010 se decretó la interrupción del proceso por muerte del dirigente conservador ocurrida en agosto de 2007. Sin embargo, sus sucesores continuaron con la demanda.

El ex alcalde permaneció 55 días detenidos pero fue absuelto.

Fallos adversos

La demanda no prosperó. El magistrado Jorge Augusto Corredor ahogó las reclamaciones. El fallo adverso se produjo el 23 de octubre de 2012.

“No hubo ningún esfuerzo probatorio tendiente a demostrar que efectivamente la Fiscalía General de la República hubiese entregado la información acerca de la existencia de un proceso penal que a la postre resultó errada porque no correspondía a época en la que se desarrolló el debate proselitista y electoral del año 1998, sino a una investigación penal finiquitada por la justicia con el otorgamiento de la absolución”, afirmó.

Contrario a lo que se esperaba, la decisión fue confirmada. La Sección Tercera con ponencia del magistrado Alberto Montaña Plata, rechazó la demanda, 14 años después del fallecimiento del ex alcalde Díaz Méndez. El funcionario falleció sorpresivamente en Bogotá en agosto de 2007, ocho años después de haber colocado la demanda.

El Consejo de Estado, el 2 de junio de 2021 le restó mérito probatorio y ahogó las reclamaciones que mantuvieron los herederos. Esta semana fue notificado el fallo a los descendientes del dirigente conservador.

“Los demandante atribuyeron una responsabilidad patrimonial a la Fiscalía General de la Nación por haber perdido la posibilidad de ser elegido Senador de la República en los comicios celebrados el 8 de marzo de 1998, no obstante, la Sala no encuentra probado ese menoscabo que se indica en la demanda”.

Es cierto que Díaz Méndez se inscribió para el Senado por una alianza conservadora. “Pero no hay prueba que dé cuenta de la certeza o al menos el grado de probabilidad que tenía de resultar elegido como lo afirmó en la demanda pues, haber logrado cargos de elección popular a nivel local no era garantía de resultar electo en una corporación del nivel nacional como el Senado de la República”, explicó el consejero ponente, Alberto Montaña Plata.

El demandante – añadió- debió demostrar la existencia del daño, pasar del plano de la afirmación al probatorio, acreditar que sufrió un menoscabo o alteración de una situación favorable, por ejemplo, encuestas o sondeos con resultados favorables hubieran podido indicar la probabilidad que tenía de haber sido elegido.

“Sin embargo, en el presente asunto no se evidencia que el señor Luis Alberto Díaz Méndez haya sufrido un daño, por el contrario, la dinámica electoral pende de numerosas variables que hacen que el resultado sea producto de aleas difíciles de identificar por lo cual, es impreciso e inadecuado atribuir un resultado adverso a un solo factor como lo pretendió el demandante”, subrayó el alto tribunal, después de 22 años de un proceso administrativo que avanzó a paso de tortuga, cuando su gestor, ya no existía.

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