Luego de muchas trabas y larga espera, finalmente la ley estatutaria de la Jurisdicción Especial para la Paz fue aprobada en plenaria del Senado, no obstante el consenso y modificaciones en algunos de los artículos no cayó bien en algunos sectores.
Definitivamente las nuevas condiciones para los magistrados de la JEP, relacionadas con las inhabilidades e incompatibilidades, a las que se supeditó la aprobación de la ley estatutaria de la Jurisdicción Especial para la Paz generaron una gran controversia en el Gobierno Nacional, defensores de derechos humanos, el partido de las Farc y otros sectores que sienten que ‘se cambiaron las reglas del juego’.
Asimismo, los posibles beneficios a paramilitares y personas condenadas por parapolítica, que podrían terminar beneficiándose de la JEP y hasta participando en política, ocasionó malestar.
¿Que se aprobó en Senado?
En el caso de las inhabilidades e incompatibilidades de los magistrados de la JEP, en Senado de modificó y aprobó que quienes dentro de los cinco años anteriores a la fecha de posesión hayan ejercido la representación judicial o administrativa de actuaciones relacionadas con hechos del conflicto armado o pertenezcan o hayan pertenecido a organizaciones o a entidades que hayan ejercido dicha representación, no podrán tomar posesión de su cargo.
Tampoco podrán hacer parte, quienes hayan gestionado o representado intereses privados en contra del Estado en materia de reclamaciones por violaciones a los derechos humanos, al DIH o al Derecho Penal Internacional, o quienes hayan tramitado acciones ante sistemas o tribunales internacionales.
El ministro del Interior, Guillermo Rivera, ante esta modificación señaló que “esperamos que en Cámara podamos reversar esa decisión. De lo contrario creeríamos que la Corte Constitucional la declararía inexequible. Hay que recordar que este es un proyecto de ley estatutaria que antes de entrar en vigencia requiere examen de ese alto tribunal”, afirmó el Ministro.
Excomandantes de la desaparecida guerrilla de las Farc, también se pronunciaron, Iván Márquez, aseguró a través de Twitter que, “es hipocresía proteger a las víctimas inhabilitando para la JEP a quienes las han defendido, es decir a defensores de derechos humanos”, escribió en Twitter.
El mismo ejercicio hizo Rodrigo Londoño, quien expresó a través de cuenta, “proposición que impide a defensores de DD.HH ser magistrados de la JEP es retornar a los tiempos donde defender derechos de comunidades era sinónimo de persecución, estigmatización, chuzadas y exilio”.
Defensores de Derechos Humanos y organizaciones no gubernamentales, a su vez sentaron su voz de protesta. Cuatro de ellas en Antioquia emitieron un comunicado en el que califican el hecho como una vulneración a la digna representación de las víctimas.
“Constituyen un ataque directo a la legítima labor de las y los defensores de derechos humanos y una vulneración al derecho de las víctimas de crímenes de Estado de ser representadas ante instancias judiciales para el restablecimiento de sus derechos, (…) tales inhabilidades se configuran como una estrategia para garantizar la impunidad para los agentes estatales y terceros responsables de graves violaciones de derechos humanos y crímenes contra la humanidad”.
Delitos contra menores
Una de las novedades que quedó incluida en la ley estatutaria de la Jurisdicción Especial de Paz tiene que ver con un artículo radicado por la senadora del partido de la U, Maritza Martínez. En él, en donde se señala que los actores del conflicto responsables de crímenes sexuales graves cometidos en contra de niños, no podrán aplicar a las sanciones que impone la JEP y deberán juzgados por la justicia ordinaria.
¿Llegada de paramilitares al Congreso?
Otro de los puntos que quedó para la discusión, tiene que ver con el artículo 97 de la ley estatutaria de la JEP que permitiría a los paramilitares y terceros involucrados con la denominada parapolítica recuperen sus derechos políticos.
A los condenados por estos hechos se les podría reabrir su proceso si deciden acogerse voluntariamente a la JEP, cumpliendo con los requisitos de verdad, justicia, reparación y garantías de no repetición.
Aunque no se decidió sobre esta iniciativa, para muchos quedaron preguntas como si Jorge 40, Don Berna, Mancuso entre otros, podrán acogerse a los beneficios de la JEP y participar en politica.
Finalmente, aún falta el último debate en Cámara de Representantes antes de pasar a conciliación. La Corte Constitucional tendrá la última palabra frente a las decisiones que tome el congreso frente a la JEP.