Los avalúos catastrales

El gobierno ha presentado al Congreso de la República un proyecto de ley en donde se fija el techo de los avalúos catastrales para los predios urbanos y rurales. Los Gremios han expresado su oposición con diferentes argumentos que parecieran válidos. Sin pretender ser experto amplio en este tema, consideramos importante hacer algunas aclaraciones de tipo jurídico y de fácil entendimiento:

  • El gobierno está autorizado legalmente para fijar los avalúos catastrales de los inmuebles tanto urbanos como rurales. Para la vigencia del 2023 los fijó en el decreto 2653 del 30 de diciembre de 2022. Este decreto fue confeccionado por el Ministerio de Hacienda y todo su equipo de análisis económico atraves del Departamento de Planeación Nacional- Consejo Nacional de Política Económica y Social, e igualmente del Dane.
  • El proyecto de ley presentado por el gobierno, no determina o fija el impuesto predial. La fijación de este impuesto, por ser de tipo municipal, lo hace al Concejo Municipal mediante proyecto que presente el alcalde respectivo. El gobierno nacional no tiene autorización constitucional para determinar los impuestos municipales.
  • El proyecto de ley fija el techo, esto es, hasta donde podría eventualmente el Concejo Municipal fijar la tarifa respectiva. Al incluir la preposición “hasta” nos permite hacer esta afirmación. Por consiguiente, la “papa caliente” sobre el tema se la pasa a los Concejos municipales y alcaldes, Corporaciones que bien podrán modular los porcentajes máximos determinados por la ley. Conviene aclarar que las leyes que fijen gravámenes o impuestos en general, se aplicarán para el año siguiente al de su promulgación.
  • La ley aplica para aquellos municipios en donde no están formalizados o actualizados los avalúos catastrales. De los más de mil municipios que tiene el país, el ochenta por ciento no lo tienen formalizado, menos actualizado.
  • Los presupuestos municipales se nutren económicamente de ese impuesto, en tanto que la cruda realidad es que los valores catastrales actuales, son mínimos frente a los ligeramente comerciales de los predios tanto urbanos como rurales con la adición que llevan veinte, treinta y más años sin actualizarlos.
  • Resulta absolutamente cierto que las ciudades capitales e intermedias se han extendido a la parte rural con la construcción de grandes centros habitacionales, e igualmente, de recreación y educativos lo mismo que la construcción de vías de acceso e instalación de servicios públicos domiciliarios. Esos predios siguieron con los pírricos y mínimos avalúos. En nuestra ciudad hay conjuntos residenciales tipo parque en donde el valor catastral resulta bastante bajo frente al precio comercial.

Conclusión: Consideramos que al gobierno central le asiste razón al presentar ese proyecto de ley. Todos los municipios, más temprano que tarde deberán realizar los trabajos de formación y actualización catastral lo que les permitirá conocer la situación física, económica y jurídica de su territorio que conducirá a una mejor administración.

En caso de Neiva este alcalde creó la oficina de “Gestión Catastral” calificación que le otorgó El IGAC que le permite manejar todo el sistema catastral del municipio. Consideramos que nuestro alcalde electo para el período que empieza en enero de 2024 ing. Casagua se asesorará adecuadamente para presentarle al Concejo municipal el proyecto de acuerdo que fije el valor catastral de los inmuebles urbanos y rurales en tal forma que module el techo fijado por la ley aplicando el sistema de aumento gradual anual que no impacte la economía de propietarios y construcciones de vivienda.

Es posible que el proyecto de ley tenga tropiezos en el Congreso de la República y no se apruebe este año. Seguramente se aprobará con modificaciones dirigidas a que no impacten la economía en general.

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