Con unos rigurosos parámetros de interpretación, propios de un esquema internacional de justicia transicional, que ya no admite impunidad ni indultos totales ni la vulneración flagrante de los derechos de las víctimas – generalmente excluidas en las firmas de tratados de paz en el siglo XX – la Corte Constitucional avaló el contenido central del llamado Marco Jurídico de la Paz, abriendo así el espacio suficiente para que avancen las negociaciones del Gobierno Nacional con los grupos alzados en armas. Pero no a cualquier costo. La Corte determinó que existe un pilar fundamental de la Constitución que consiste en el compromiso del Estado social y democrático de derecho de respetar, proteger y garantizar los derechos de la sociedad y de las víctimas. Y ha reiterado que en virtud de este mandato existe la obligación de prevenir su vulneración, tutelarlos de manera efectiva, garantizar la reparación y la verdad, e investigar, juzgar y en su caso sancionar las graves violaciones a los Derechos Humanos y al Derecho Internacional Humanitario. Así que no la tendrán fácil quienes decidan entregar las armas y salir a la lucha política dejando tras de sí un reguero de dolor y lágrimas, y se desvirtúan los argumentos de aquellos que han vociferado en radical oposición al proceso de paz, alegando que vamos camino de la impunidad absoluta.
Y se ha dicho por parte del Alto Tribunal que el Marco Jurídico para la Paz, contenido en el Acto Legislativo 01 de 2012, partió de la base de que para lograr una paz estable y duradera es necesario adoptar medidas de justicia transicional.
Es plausible que la Corte haya hecho énfasis en que el pilar esencial que impone al Estado el deber de respetar, proteger y garantizar los derechos de la sociedad y de las víctimas, exige que todas ellas tengan, como mínimo, las garantías de transparencia del proceso de selección y priorización, una investigación seria, imparcial, efectiva, cumplida en un plazo razonable y con su participación. Y queda muy claro que se deberá investigar y juzgar toda grave violación a los Derechos Humanos, al Derecho Internacional Humanitario y al Estatuto de Roma, que sean constitutivas de delitos de lesa humanidad, genocidio o crímenes de guerra cometidos de manera sistemática, e imputarlas a sus máximos responsables.
Y para que no haya dudas ni queden resquicios por donde se cuelen los criminales, deberá priorizarse la investigación y sanción de los delitos de ejecuciones extrajudiciales, tortura, desapariciones forzadas, violencia sexual contra la mujer en el conflicto armado, desplazamiento forzado y reclutamiento ilegal de menores.
La Corte fijó con precisión los lineamientos de la Justicia que deberá aplicarse al final de este y otros procesos de paz que surjan en el país. Impunidad no habrá.
“La Corte fijó con precisión los lineamientos de la Justicia que deberá aplicarse al final de este y otros procesos de paz que surjan en el país. Impunidad no habrá”.
Editorialito
El bloqueo de vías, por parte de sectores que apoyan la protesta campesina, está generando graves problemas de desabastecimiento en el Huila, Caquetá y Putumayo. No hay combustible, ni alimentos, tampoco gas. El transporte está interrumpido. ¿Hasta cuándo?