Más restricciones: prohíben parrillero en microcentro

La Alcaldía de Pitalito prohibió la circulación de parrilleros hombres en motocicletas en el microcentro de la ciudad, la Policía Nacional realizará constantes controles para que se cumpla a cabalidad la medida. Aquí las excepciones, qué calles comprenden la zona y otros detalles de la norma que usted necesita conocer.  

 

Mediante el Decreto 179 del 9 de julio del presente año, la Alcaldía de Pitalito dictó medidas preventivas en aras de garantizar el orden público y la seguridad ciudadana, en el marco de una creciente ola de delitos que a la fecha ha dejado 22 casos de homicidio. La vigencia de las mismas van hasta el 23 de julio.

El artículo primero impone toque de queda para menores de edad. La restricción en la movilidad será entre las 8:00 p.m. y 4:00 a.m. para personas que no hayan cumplido 18 años, debido a que “a la utilización e instrumentalización” de estas personas los hechos delictivos, puesto que a la fecha según informe de la Policía Nacional más de 15 menores han participado en estos hechos.

En el artículo segundo restringe el parrillero en el microcentro. No estará permitida la circulación de acompañante hombre mayor de edad en motocicleta en la zona que se encuentra entre la calle 10 y la calle 3 sur, entre carreras 3 y 6.

Están exentos de esta medida:

  • Los vehículos automotores tipo motocicleta pertenecientes a la fuerza pública, organismos de seguridad del Estado, Policía judicial, autoridades de tránsito y transporte, organismos de emergencia, socorro, prevención y salud.
  • Los utilizados por personal de seguridad privada, que se encuentren en ejercicio de sus funciones, cuyos ocupantes deberán portal las correspondientes identificaciones oficiales que incluyan, carné y uniforme establecido por la empresa, además de la autorización vigente de la Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada.
  • Los que transporten personas en situación de discapacidad.
  • Los estudiantes y sus padres cuidadores, quienes los trasladan.
  • Empleados públicos, debidamente identificados.

Además, en el artículo tercero se reitera que el porte de armas traumáticas y de fogueo está prohibido. Si este objeto es portado en un establecimiento de expendido de bebidas embriagantes, bares o gastrobares el lugar se verá inmerso en sanciones.

Seguidamente, en el artículo cuatro solicita a la Dirección Nacional de la Policía Nacional, la puesta en marcha de un grupo especial de inteligencia e investigación dedicado exclusivamente al esclarecimiento de los hechos delictivos de los últimos días.

En el artículo quinto recuerda que se está ofreciendo una recompensa de 20 millones de pesos para las personas que den información frente a los hechos delictivos presentados en los últimos días. Entre otras medidas.

El decreto es el fruto de un extenso Consejo de Seguridad que inició el jueves y se postergó hasta el sábado, fue declarado en sesión permanente con el fin de corroborar de manera continua las medidas aplicadas y estudio de las mismas, mediante lo cual se puedan llevar a cabo a nivel departamental y nacional, y por eso tomó más tiempo.

Esto explica por qué el viernes en la noche se conocieron algunas medidas y en la noche del sábado otras y fue cuando se expidió el decreto que las reúne.

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