¿Muerte digna?

El Senado de la República aprobó en primer debate un proyecto de ley que reglamenta la práctica de la eutanasia, El Senado de la República aprobó en primer debate un proyecto de ley que reglamenta la práctica de la eutanasia, un agudo asunto que apenas comienza pero que pondría a Colombia como uno de los apenas cuatro países que tendrían un régimen legal para permitir la muerte anticipada o la terminación de una vida, cuando se determine que es incurable la enfermedad. La eutanasia, nombre cuyo origen es griego y traduce “muerte buena”, es la acción o inacción hecha para evitar sufrimientos a personas próximas a su muerte, acelerándola ya sea a sabiendas de la persona o sin su aprobación. Se puede considerar también como el hecho de morir sin experimentar dolor. Para que la eutanasia sea considerada como tal, el enfermo ha de padecer, necesariamente, una enfermedad terminal o incurable, y en segundo lugar, el personal sanitario ha de contar expresamente con el consentimiento del enfermo. De acuerdo con el proyecto, autoría del senador de La U Armando Benedetti, con la radical oposición de la bancada conservadora en cabeza del huilense Hernán Andrade, su objeto es reglamentar integral y rigurosamente la manera en que se atenderán las solicitudes de los pacientes sobre la terminación de su vida en condiciones dignas y humanas; los procedimientos necesarios para tal fin y la práctica de la eutanasia y la asistencia al suicidio, por los respectivos médicos tratantes; así como establecer los mecanismos que permitan controlar y evaluar la correcta realización de la eutanasia y el suicidio asistido. Plantea la iniciativa, a la que le faltan tres debates, que la única persona que puede practicar el procedimiento eutanásico o asistir al suicidio a un paciente es el médico tratante. Los galenos que practiquen la eutanasia no serán objeto de sanción penal. No es asunto que pueda tratarse como cualquiera otra ley: se trata de abrir la puerta a procedimientos que terminarían la vida de alguien mediante un mecanismo médico, o por el hecho mismo de desconectar al paciente cuya existencia dependa a su vez de aparatos electromecánicos. En todo caso atendiendo a la voluntad del paciente, si éste estuviese consciente, o de sus familias en los casos de la llamada “vida vegetativa” ante un prolongado coma profundo. Están en abierta oposición, en este caso, los derechos al libre desarrollo de la personalidad, la autonomía de la voluntad y la vida. ¿Quién determina entonces qué prima en este caso, si se trata de consultar a quien justamente desea terminar con su existencia, pero a su vez hay un postulado jurídico fundamental en la Carta Política que ordena: el derecho a la vida es inviolable? La eutanasia, como ha ocurrido en otras latitudes, abrirá sin duda, otro debate que debe trascender las fronteras meramente morales. Es un debate en el que, necesariamente, debería consultarse a los más calificados expertos en bioética, ética médica, ciencia del dolor, internistas y demás científicos, de manera tal que la decisión del Congreso de la República tenga mucho más sustento que la simple opinión política personal, teológica o social de unos senadores y representantes. DESTACADO “La eutanasia, como ha ocurrido en otras latitudes, abrirá sin duda, otro debate que debe trascender las fronteras meramente morales”. Editorialito Importantes los anuncios hechos por el director Nacional de Riesgo, Carlos Iván Márquez y la gobernadora Cielo González para iniciar un plan de ayuda para las familias afectadas por la avalancha en Isnos. El manejo social de la emergencia es el otro componente más allá de los efectos del fenómeno natural.

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