Neiva se quedó sin personera

Heidy Lorena Sánchez en la audiencia inicial con su abogado.
La personera de Neiva Heidy Lorena Sánchez Castillo tendrá que separarse del cargo en el curso de la próxima semana. Su salida intempestiva quedó confirmada ayer al resolverse de fondo una acción de nulidad por numerosas inconsistencias que rodearon el concurso público de méritos.

El Tribunal Administrativo del Huila declaró ayer la nulidad de la Resolución 002 expedida por el Concejo de Neiva donde oficializa su nombramiento al haber ocupado el primer lugar en un cuestionado concurso público.

Aunque el fallo de primera instancia no genera automáticamente la suspensión de sus efectos jurídicos, supeditada a la firmeza de la sentencia, el magistrado ponente Enrique Dussán Cabrera, decretó además, la suspensión provisional del cargo, en cumplimiento de la medid cautelar, de aplicación inmediata.

El magistrado Ramiro Aponte salvó su voto.

En otras palabras: mientras el Consejo de Estado resuelve una segura impugnación, la funcionaria, tendrá que abandonar el cargo transitoriamente.

La providencia devela muchas inconsistencias del controvertido concurso. Sin embargo, no despeja todas las dudas que surgieron durante el ‘concurso expres’, que ameritaron dos investigaciones, una penal que tramita actualmente la Fiscalía y otra disciplinaria que adelanta contra los concejales la Procuraduría Delegada para la Vigilancia Administrativa.

La decisión reafirma algunos reparos que formularon en su momento varios de los afectados aspirantes. Sin embargo, el eje central de la providencia se soportó sobre la indebida calificación de la hoja de vida, por parte de la Universidad Surcolombiana, encargada de adelantar el proceso.

La acción de nulidad electoral fue interpuesta el 9 de marzo pasado Elsa Magdiely García Motta.
 
Elección polémica

La Personera de Neiva fue elegida el pasado 8 de enero mediante Resolución 002 de 2016  al haber obtenido el primer lugar en un concurso de méritos al que participaron 47 candidatos. La corporación la escogió pese a los numerosos cuestionamientos que rodearon la selección y calificación de su hoja de vida.

“La prueba de estudios y experiencia buscaba favorecer a quien finalmente fue elegida, pese a tener poca experiencia”, argumentó la demandante, Elsa Magdiely García.
La joven abogada, de 29 años, egresada de la Usco, asumió el cargo el 11 de enero en reemplazo de Jesús Elías Meneses, a quien se le venció el periodo.
 
Razones de peso

Según la providencia, es evidente que la Resolución 120 de 2015 (que regula el puntaje y ponderación de las pruebas) desatendió las reglas para la evaluación de los factores de educación y experiencia regulados en el Acuerdo 021 de 2015, expedido por el Concejo que conlleva que el concurso haya violado norma superior a la que debía sujetarse, lo cual genera la  anulación de la elección”, argumentó el magistrado ponente Enrique Dussán Cabrera.

Según los magistrados se valoró indebidamente la hoja de vida de la demandada Heidy Lorena Sánchez lo que también genera la nulidad de la elección.

Al momento de evaluar los estudios y experiencia, la Universidad Surcolombiana valoró en dos oportunidades la única especialización que acreditó Sánchez Castillo obteniendo el mismo puntaje de otros participantes que tenían dos o más especializaciones.

Sánchez Castillo solo acreditó un título de especialización y a este es un requisito mínimo para el ejercicio del cargo, no puede asignársele puntuación alguna en la calificación de esta prueba, pues la valoración se hace a los estudios acreditados adicionales a los requisitos mínimos exigidos para el desempeño del cargo.

“Así las cosas- aclaró- no existe concordancia entre la puntuación asignada por la Universidad y la que podría obtener la demandada conforme a la hoja de vida aportada al proceso, en una u otra interpretación que se haga, como se hizo, lo que demuestra la existencia de ésta irregularidad en el trámite de calificación, pues no existe explicación fundamentada del puntaje”.

“Lo anterior demuestra que fue irregular la calificación de la demandada, lo que trae como consecuencia la violación al debido proceso administrativo por parte del Concejo Municipal de Neiva a través de la entidad que realizó a su nombre dicho concurso de méritos”, concluyó la corporación judicial.
 
Lo que sigue

La providencia será notificada la próxima semana a las partes, entre ellas al Concejo de Neiva para que haga efectiva la suspensión del cargo, y, designar un personero encargado, hasta que el Consejo de Estado resuelva la impugnación, si se llega a formular.

La medida cautelar es inmediata. “La suspensión provisional se concederá bajo el entendido que va hasta cuando quede en firme la sentencia”, precisó Dussán Cabrera.

El presidente del Concejo, Mateo Trujillo, anunció que una vez sea notificado, definirá con sus asesores jurídicos, las medidas a tomar.
 
 


La personera Heidy Lorena Sánchez asumió el cargo el 11 de enero ante el presidente del Concejo Mateo Trujillo.

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