La Procuraduría le pidió a la Corte Constitucional que no acoja los argumentos de una demanda, la cual busca que se legalice el suicidio médicamente asistido, como uno de los procedimientos para acceder a una muerte digna.
Según el Ministerio Público, el Congreso “escogió la eutanasia como procedimiento para poner fin a la existencia en lugar del suicidio asistido”.
“El Ministerio Público no niega que el suicidio asistido puede llegar a constituir una alternativa para garantizar el derecho a morir dignamente, pero lo cierto es que, en virtud del principio de separación de poderes, el mismo debe ser autorizado como un procedimiento válido para realizar la transición a la muerte anticipada por el Congreso de la República, mediante una ley deliberada y aprobada por los representantes del pueblo y no por la Corte Constitucional”, dijo la Procuraduría.
El alto tribunal estudia una demanda que ataca el artículo 107 del Código Penal que da una pena entre 16 y 36 meses de prisión a quien apoye o induzca a una persona a suicidarse con la intención de poner fin a intensos sufrimientos provenientes de lesión corporal grave o incurable.
El recurso judicial fue presentado por Lucas Correa Montoya y Camila Jaramillo Salazar del Laboratorio de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, DescLAB, no con la intención de tumbar el delito, sino condicionarlo para permitir el SMA en cuatro circunstancias sin que sea considerado un hecho contrario a la ley.
- Cuando la persona ha manifestado su consentimiento libre, inequívoco e informado.
- Cuando la persona ha sido debidamente diagnosticada con una lesión corporal o una enfermedad grave e incurable
- Cuando esta experimenta intensos dolores físicos o psíquicos que sean incompatibles con su idea de vida digna
- Cuando la ayuda o asistencia ha sido prestada por un profesional de la medicina.
Con información de: El Tiempo