“No voy a ser retirado del cargo”, concejal Abel Mendoza

Como era de esperarse, el concejal de Neiva Abel Mendoza Vásquez apelará el fallo de primera instancia donde el Tribunal Contencioso Administrativo del Huila le ‘tumba’ la curul. Por ahora continuará en el Concejo. Conozca qué dice el fallo de la Sala.   

 

CATERIN MANCHOLA

@cate_manchola

En sentencia de primera instancia el Tribunal Contencioso Administrativo del Huila le ‘tumbó’ la curul al concejal de Neiva, Abel Mendoza Vásquez por hallar que el ahora cabildante sí incurrió en doble militancia en modalidad de apoyo, lo cual hace parte de una de las causales de nulidad electoral.

Para la Sala Tercera de Decisión está demostrado que durante la campaña Abel Mendoza apoyó al candidato a la asamblea del Huila, Sergio Trujillo (partido Liberal); cuando solo podía manifestar su respaldo al candidato Jhon Alexander Trujillo Ninco de la coalición Alma del Huila, por haber sido avalado por su partido Alianza Social Independiente –ASI-.

Entre las pruebas está un video donde se le aprecia invitando a sus electores a votar para la Asamblea por el hoy diputado Sergio Trujillo del partido Liberal. Los hechos ocurrieron en un acto público del 21 de octubre del 2023, cuando el ahora concejal manifestó: “dónde están los amigos de nuestro próximo diputado Sergio Trujillo!”.  El video fue transmitido por Amín Losa Perdomo, excandidato a la Alcaldía de Neiva y hoy funcionario de la Gobernación del Huila.

Cabe anotar que durante el proceso se aceptó como coadyuvante de la parte demandante a Alfonso Durán Villareal, quien aportó varias pruebas adicionales que son claves, como lo es el acta de escrutinio E-26 donde se evidencian los candidatos y el número de votos de la Asamblea.

“Existe mérito”

De esta manera, con los documentos allegados la Sala encontró que la ASI sí tuvo candidato a la Asamblea (quien se quemó) y que Abel Mendoza apoyó al candidato del partido Liberal, según muestra el video.

“El señor Abel Mendoza Vásquez en la reunión atrás citada pidió al electorado sufragar por el aspirante tantas veces mencionado Sergio Andrés; v) el demandado está instando a sus electores para que apoyen al que consideró sería el próximo diputado Sergio Trujillo, candidato distinto al de la coalición”, reza parte del auto emitido el 2 de septiembre.

Además, “significó un desconocimiento del deber de lealtad, pues desechó que ASI, partido político al cual pertenece, avaló al señor John Alexander Trujillo Ninco para alcanzar la Asamblea Departamental del Huila para el período 2024-2027”.

Y aseveró: “Se evidencia que se configura la causal de doble militancia por apoyo, contemplada en el artículo 107 de la C.P., artículo 2 de la ley 1475 de 2011, numeral 8 del artículo 275 del cpaca, de tal suerte que existe mérito para declarar la nulidad del acto de elección del señor Abel Mendoza Vásquez como concejal del municipio de Neiva para el periodo constitucional 2024-2027”.

La curul que se ganó hace un año Abel Mendoza Vásquez con 1.885 votos fue demandada curiosamente por un compañero de lista de su partido, se trata de Hermes Fabián Medina Fajardo (1.570 votos). Si logra sacarlo del Concejo, lo remplazaría. Pero todavía no hay una medida de fondo.

Los argumentos de Abel

Abel Mendoza siempre ha dicho que la prueba reina, es decir, el video, no fue aportado con la demanda ni dentro del término. Además, argumentó que “no existe una invitación a apoyar el candidato en mención sino de un saludo a un público plural (….)”. Pero esos argumentos se le cayeron.

El concejal también ha alegado que los documentos aportados con la demanda no son suficientes para decretar la nulidad. Y es que cabe recordar que, la medida cautelar de suspensión provisional que ordenó el 29 de febrero el Tribual Administrativo del Huila, la tumbó el Consejo de Estado el 9 de mayo precisamente porque para ese momento no se aportó un documento muy relevante, concretamente, el que demuestra la inscripción del John Alexander Trujillo Ninco como candidato a la Asamblea por el partido ASI, mismo de Abel Mendoza.

Por eso aunque es abiertamente conocido en todo el Huila que el candidato a la Asamblea sí participó de las elecciones y, además, obtuvo 1.506 votos según el E-26, increíblemente en ese momento el Consejo de Estado, Sala de lo Contencioso Administrativo Sección Quinta, determinó que no se acreditó su inscripción.

Sin embargo, por el contrario, en el fallo de primera instancia del 2 de septiembre del Tribunal Administrativo del Huila sí se expone este documento como prueba.

Es decir, el Consejo de Estado en el fallo del 9 de mayo ni siquiera analizó el video de la prueba reina y tampoco aclaró que el concejal hubiera o no incurrido en doble militancia, porque el caso como tal no fue examinado, por falta del documento en mención.

Al igual que Abel Mendoza Vásquez, también fueron ‘tumbadas’ en primera instancia tres curules más en el Concejo de Neiva: las de Johan Steed Ortíz, Cristián Bautista y Felix Felipe Trujillo; todos están a la espera de que se les acepte el recurso de apelación y posteriormente lograr otro resultado en segunda instancia del Consejo de Estado.

“Hay un choque de trenes”

En entrevista con LA NACIÓN, el concejal Abel Mendoza informó que respeta las decisiones de los Tribunales, pero hará uso del recurso de apelación y tiene fe en que la sentencia de segunda instancia que profiera el Consejo de Estado contenga las mismas razones del fallo que revocó la suspensión provisional.

 “Recordemos que aquí hay un choque de trenes porque el Consejo de Estado es el superior del Tribunal, pero el Tribunal no va a aceptar fallar en sentido contrario a la decisión tomada en primera instancia acá, porque eso sería aceptar que ellos se equivocaron y ellos no lo van a aceptar”, expresó.

“Es una decisión tomada en primera instancia, pero el Consejo está por encima del Tribunal Administrativo. Y recordemos que el Consejo de Estado ya se había pronunciado en meses anteriores, diciéndoles magistrados, ustedes se equivocaron en la decisión que tomaron; por el momento el concejal mantiene su curul, mantendrá su curul, no hay reemplazo, hasta que el Consejo de Estado tome una decisión de fondo. Eso puede pasar un año, dos o tres años”.

“No voy a dejar la curul ni voy a ser retirado del cargo ni voy a ser inhabilitado ni nada. Seguiremos trabajando”, aseguró.

Según el abogado del concejal, el fallo de nulidad “se soportó en unas pruebas ilícitas que no fueron aportadas con la demanda ni dentro del término para demandar. Fueron incorporadas por un tercero, que según la jurisprudencia reiterada de la Seccion Quinta carecen de validez”.

Fragmento de la parte resolutiva del auto. El magistrado ponente fue Enrique Dussán Cabrera.

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