Peligro en El Vergel está conjurado

Una historia polémica que terminó con un final feliz. Después de ácidas polémicas, una acción popular presentada por la comunidad permitió superar una grave amenaza y puso fin a un daño ambiental en el oriente de Neiva.

RICARDO AREIZA

unidadinvestigativa@lanacion.com.co

La construcción de un disipador de energía, algunos gaviones y otras obras adicionales lograron mitigar el alto riesgo de socavación y deslizamientos de tierra, en los barrios El Vergel (alto y bajo) y el conjunto residencial Altos de Tívoli, en el oriente de Neiva.

La controversia, iniciada en diciembre de 2014, quedó por ahora conjurada. Una acción conjunta ordenada por un fallo judicial logró frenar el riesgo inminente y los daños ambientales y sanitarios que se advertían. En este caso, todos cumplieron. Y todos ganaron.

Según los dirigentes comunitarios, la ladera que separa el barrio El Vergel alto y El Vergel bajo, se estaba derrumbando poco a poco, ocasionando un gran movimiento de tierra y rocas que iban a parar a la quebrada Curibanito.

En tiempo seco, según dirigentes comunitarios, cuando se desocupaba la piscina del conjunto residencial Altos de Tívoli, ese caudal bajaba gran velocidad por un disipador de energía ubicado a bastante altura.

“La fuerza de las aguas socavaron el terreno hasta el punto de producir movimientos de tierra, afectando cambios del suelo, y colocando en riesgo a la población del Vergel alto y bajo, además del daño ambiental y sanitario”, argumentaron Eliseo Alarcón Pachón y Edgar Díaz Cabrera, autores de una acción popular que acaba de sellarse, exitosamente.

Los dos líderes comunitarios solicitaron la terminación del disipador de energía, que quedó inconcluso y las obras adicionales que sean necesarias para evitar el deslizamiento del terreno y el tratamiento de las aguas de la piscina que desembocan en la quebrada El Curibanito, un rico ecosistema en peligro de extinción.

Graves amenazas

Una inspección técnica ordenada por la autoridad judicial confirmó el socavamiento del terreno en la ladera de la quebrada en la zona del barrio El Vergel.

“El terreno aguas abajo se encuentra completamente erosionado al punto en que se observa un hueco en la pared vertical de una altura aproximada de siete metros”, reportó el documento.

La estructura con cinco caídas con 70 centímetros, por un metro de desarrollo horizontal cada una, fue construida para  disminuir los daños por erosión provocados por la energía de impacto el agua. Pero quedó inconclusa, lo que aumentó el riesgo.

“Este proceso erosivo afecta la micro flora y obliga a la migración de la micro fauna nativa del sector y podría representar riesgo a futuro de las mismas unidades residenciales más cercanas”, confirmó la Corporación Autónoma Regional del Alto Magdalena (Cam).

“La obra debió realizarse sobre toda la ladera de la pendiente para así evitar la erosión que se presenta en el sector, debido a que la obra no fue concluida”, concluyó la autoridad ambiental.

Además, técnicos de la CAM destacaron los impactos ambientales negativos que se estaban generando.

“La construcción incompleta del disipador de energía para el manejo de las aguas lluvias provenientes del conjunto residencial Altos de Tívoli, está ocasionando erosión en la ladera ubicada detrás de dicho conjunto residencial afectando el drenaje natural de la fuente tributaria de la quebrada La Toma y a su vez tributaria del río Magdalena, generando impactos ambientales negativos sobre los recursos naturales”.

José Manuel González Reinoso, subgerente técnico de las Empresas Públicas de Neiva, estimó que hacía falta prolongar el disipador que recoge las aguas lluvias del conjunto para evitar la erosión.

El peligro

El Tribunal Administrativo del Huila confirmó que efectivamente se estaban vulnerando los derechos colectivos al goce de un ambiente sano, a los intereses de la comunidad relacionados con la preservación y restauración del medio ambiente, al goce del espacio público y a la seguridad y prevención de desastres previsibles técnicamente, y ordenó la terminación del disipador de energía.

El fallo vinculó como responsables a la constructora Santa Lucía por no haber terminado el disipador de energía, a la Alcaldía de Neiva por no proteger el espacio público, y a la Corporación Autónoma Regional del Alto Magdalena –(CAM), por no ejercer el control y seguimiento al plan de manejo ambiental ni ejercer la protección en la ladera de la cuenca hidrográfica.

El fallo fue promulgado el primero de septiembre de 2016, siendo confirmado por el Consejo de Estado en el 2017.

La discordia

La constructora Santa Lucía y directivos del conjunto llegaron a un acuerdo para resolver las dificultades: La constructora se respondía por los disipadores y el conjunto asumía la construcción de los gaviones.

El disipador de energía, en efecto, fue construido en la ladera que hace parte de la cuenca hídrica, en la zona de manejo y protección ambiental, en zona de espacio público. Sin embargo, la obra no fue entregada a entidad pública alguna, municipio de Neiva o a las Empresas Públicas de Neiva.

La constructora argumentó en su momento que se cumplieron a cabalidad con todos los permisos y licencias a la hora de entrega del bien habitable.

Precisó  que a quien le corresponde responder es al conjunto residencial Altos de Tívoli, ya que a la junta de propietarios se le hizo entrega del conjunto el día 30 de junio de 2005, entendiéndose que cualquier defecto o deterioro de las obras entregadas, debía ser  materia de reclamación dentro de los seis meses siguientes a la entrega.

Obras de mitigación

La constructora allegó el proyecto en los términos ordenados por el despacho judicial. En una audiencia de verificación se comprobaron los avances para el cumplimiento del fallo.

La constructora en atención a lo ordenando en la audiencia de verificación presentó el estudio geotécnico disipador de energía y estabilización del talud de altos de Tívolí, junto con el cronograma de la ejecución del proyecto, el presupuesto y el diseño de la cámara de quiebres.

Los gaviones adicionales reforzaron la mitigación.

La obra terminada del disipador de energía de aguas lluvias que está conformada por tres cámaras de caída, conectadas una a la otra por tubería para conducir las aguas lluvia directamente a la quebrada El Curibanito.

Asimismo, dos obras adicionales, conformadas por gaviones en piedra con canastos de alambre los que ayudan a mejorar la estabilidad de la ladera, mejorando así las amenazas por erosión que se presentaron en la zona ante el mal manejo de las aguas lluvias.

Todos cumplieron

Las obras iniciaron en diciembre de 2019 y terminaron, pese a los retrasos, en mayo del año pasado. El 26 de agosto de 2020 la compañía formalizó y acreditó la entrega formal de las obras a Empresas Públicas.

Por su parte, la CAM, autorizó la ocupación del cauce sobre la quebrada El Curibanito para la descarga de las aguas lluvias del conjunto residencial Altos de Tívoli y la Secretaría de Planeación, autorizó la ocupación de espacio público.

La terminación de las obras puso fin a la controversia y frenó un incidente de desacato, ordenado por la no ejecución de las obras.

El pasado 30 de julio de 2021 el Tribunal Administrativo del Huila realizó la última visita de campo con personal de las entidades vinculadas con el fin de determinar el avance de actividades y verificar el cumplimiento de la orden judicial.

“Las actuaciones realizadas con el fin de dar cumplimiento al fallo, se observa que cada una efectuó lo ordenado, y que en el caso del conjunto residencial Alto de Tívoli, si bien, siempre estuvo atento a facilitar el ingreso para las respectivas obras, también es cierto que su deber frente a la preservación y resguardo del sistema hídrico de la unidad hidrográfica ‘El Curibanito’, es permanente”, concluyó el magistrado Enrique Dussán Cabrera.

“Dadas las actuaciones de la Constructora Santa Lucía SAS, la Corporación Autónoma Regional del Alta Magdalena (CAM), el Municipio de Neiva, y las Empresas Públicas de Neiva, la orden dada en la sentencia de septiembre 1° de 2016, confirmada por el Consejo de Estado el 17 de octubre de 2017, quedó cumplida”.

Por lo tanto, se abstuvo de dar apertura al incidente de desacato al haberse demostrado el cumplimiento de la sentencia. Todos ganaron.

El conjunto Altos de Tívoli, será garante permanente.

 

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