Polémica ambiental por cultivos de aguacate hass a gran escala

Un acuerdo para restaurar la zona impactada y medidas de protección para evitar la ampliación de la frontera agrícola, podría redimir un proyecto para cultivo de aguacate hass con fines de exportación en Acevedo.

 

Ricardo Areiza

La polémica ambiental provocada hace un año por la siembra de aguacate hass a gran escala en Acevedo (Huila), quedó por ahora, parece estar zanjada.

Los inversionistas privados, dueños de la Compañía Hass y Colombia Paradise SAS, iniciaron el proyecto para el cultivo de aguacate hass el segundo producto más apetecido en el mercado internacional, ampliando, sin permiso, la frontera agrícola.

La plantación comercial extensiva con fines de exportación provocó controversia con las comunidades y líderes ambientalistas porque se inició en una zona estratégica de protección ambiental, sin el lleno de los requisitos legales.

La CAM identificó en la vereda El Silencio, la tala de aproximadamente dos hectáreas, en la franja protectora de la quebrada La Marimba, principal fuente abastecedora del acueducto regional Santa Ana.

En el predio fueron erradicados árboles de especies como jiquimillo, yarumo, arrayán, cedro rosado y manzano de montaña. También arbustos nativos.

Según la entidad ambiental hubo una “descomunal y desproporcionada tala de árboles nativos y endémicos de la región” en la vereda El Silencio. Además, afectación por envenenamiento de aves, peces y demás especies acuáticas endémicas del ecosistema.

Además, contaminación de las quebradas, modificación del hábitat natural de la flora y fauna, transformación del territorio paisajístico de la región y alteración de la hidrología.

Para iniciar el proyecto las dos empresas abrieron carreteras y caminos de herradura y peatonales sin respetar las rondas de las fuentes hídricas, hubo extracción de recursos, explotación forestal y uso de las fuentes hídricas sin ningún licenciamiento ambiental, lo que representan infracciones ambientales, objeto de un proceso sancionatorio.

“ Al erradicar el rastrojo y talar los árboles que hacen parte de la reserva natural, afectan las fuentes hídricas que surten de agua a los acueductos de las veredas La Unión, Cristo Rey, La Victoria, La Marimba, Corinto, Los Ángeles y El Diviso”, reseñó el informe técnico.

Apuesta productiva

La medida sorprendió también a los empresarios. El aguacate hass se consolidó el año pasado como el segundo producto de exportación agropecuaria. Según el Ministerio de Agricultura, el año pasado alcanzó ventas al exterior por más de144 millones de dólares, las más altas de la historia, con un 4,9 por ciento del total de las exportaciones no tradicionales en el país.

Entre enero y marzo de 2021 este producto creció más del 90 por ciento en comparación con el mismo periodo en 2020. Las ventas alcanzaron de 64,2 millones de dólares. En el país hay 34.030 hectáreas sembradas de aguacate, de las cuales 26.045 hectáreas son de variedad hass. En el Huila, se destapó también la fiebre verde.

Según el demandante, Adadier Perdomo Urquina por ser una zona protegida no se pueden establecer cultivos de siembra de aguacate a gran escala, pues los daños se están originando en el Distrito Regional Integrado de Peñas Blancas en el municipio de Acevedo.

Suspensión

Con el informe técnico, el 12 de agosto de 2020, el director territorial de la CAM, Carlos Andrés González, suspendió las actividades del proyecto y conminó a los empresarios a realizar actividades de restauración del área impactada.

Asimismo ordenó a la compañía Colombia Paradise SAS y al empresario Guillermo Melo, para que se abstengan de cambiar el bosque por sistemas productivos, les ordenó el establecimiento de las coberturas vegetales de protección y les prohibió la ampliación de la frontera agrícola dentro del predio intervenido.
Sin embargo, esas medidas, un año después, según el abogado, Adadier Perdomo Urquina, no se han cumplido y las actividades se ampliaron a otros tres predios, agravando la problemática ambiental.

Perdomo Urquina, requirió a la CAM para que hiciera efectivas las medidas cautelares, que en su opinión, no lograron frenar la afectación ambiental.

El 11 de agosto de 2021, el Tribunal Administrativo del Huila negó la acción de cumplimiento. Ahora, el Consejo de Estado acaba de confirmar dicha medida.

En cambio la autoridad ambiental, piensa lo contrario. No solo se frenó la ampliación de la zona, sino que se logró un acuerdo colectivo.

Los acuerdos

La CAM en ejercicio de su autoridad ambiental de seguimiento, control y defensa del medio ambiente, realizó una inspección el 20 de mayo pasado donde se confirmó que el tema no estaba subsanado.

Sin embargo, logró un acuerdo para facilitar el cultivo extensivo, sin afectar la zona de reserva.

El acuerdo fue suscrito con los propietarios Colombia Paradise y Manar Fruit en presencia de la Personería de Acevedo, organizaciones ambientales, Policía Nacional, la Inspección de Policía, los representantes legales de los acueductos veredales  Santa Ana, La Victoria, La Unión  y Cristo Rey, y Los Ángeles-El Diviso, San José de Corinto, La Marimba y líderes de la comunidad.

Las empresas Colombia Paradise y Manar Fruit se comprometieron a respetar el área forestal protectora de las quebradas, nacimientos de agua y drenajes continuos a partir de la cuota de inundación mínimo 30 metros y mínimo 100 metros a la redonda para nacimientos.

Igualmente a la delimitación reforestación y restauración de la zona protectora de las fuentes hídricas y nacimientos y a tramitar y obtener los permisos de concesión de aguas, permisos de aprovechamiento forestal, permisos de ocupación de cauces, vertimientos y los demás que se requieran para realizar legalmente la actividad.

Las dos empresas se comprometieron a implementar y poner en buen funcionamiento sistema de tratamiento para aguas residuales domésticas y la adecuada disposición de los residuos sólidos derivados de la actividad productiva.

Entre los compromisos quedó consignado que las dos empresas conservarán la fauna silvestre presente en la zona, en especial los monos churucos y aulladores.

En este mismo sentido deberán construir estructuras que permitan el paso peatonal de personas y animales sin que se alteren los cuerpos de agua; suspender los vertimientos (aguas grises) evidenciadas en la zona así como las moyas o excavaciones realizadas en drenajes continuos y zonas de ronda.

Asimismo tendrán que suspender los drenajes artificiales que desembocan aguas arriba de la bocatoma y sobre los nacimientos de agua, erradicar las zonas de mezcla de agroinsumos ubicadas en áreas protectoras de fuentes hídricas, drenajes continuos y nacimientos. Finalmente construir una estación sobre seguridad alimentaria en el Sendero ecológico de Interpretación Ambiental del Macizo Colombiano, como un escenario de educación ambiental.

Por las posibles infracciones el 13 de julio de 2021 activó un proceso sancionatorio ambiental (Auto 034 del 13 de julio de 2021) que se encuentra en trámite.

“Una vez culmine con la investigación sancionatoria ambiental se determinará las afectaciones ambientales, la vulneración a las normas, los daños a los recursos naturales y como consecuencia de ello se impondrán las sanciones correspondientes”, precisó el director territorial, Carlos Andrés González.

El funcionario afirmó que algunas de las órdenes impuestas en la medida preventiva no son de ejecución inmediata, sino que requiere de un tiempo para ello, como es el caso de la restauración vegetal de las áreas intervenidas, actividad que conlleva necesariamente un determinado plazo para su verificación.

Pacto cumplido

Por su parte, el representante legal de la compañía, negó las afectaciones ambientales. “La empresa se dedica a cultivos legales dentro de la normativa colombiana y adelantan proyectos encaminamos a la conservación y protección del medio ambiente”, afirmó.

Además, precisó que ha dado estricto cumplimiento conforme con las recomendaciones y órdenes impartidas por la autoridad ambiental y se congeló cualquier ampliación de la frontera agrícola.

La zona se ha delimitado físicamente con un diseño de sostenibilidad y con herramientas cartográficas para la identificación y conservación de estas áreas.

“Por tanto, agregó, ha sido verificado por las diferentes autoridades ambientales, entidades y comunidades, que no se ha realizado afectación al bosque, para reemplazar el uso del suelo con actividades agrícolas”.

La medida cautelar

El magistrado José Miller Lugo estimó que la medida preventiva ambiental impartida por la CAM (Resolución No. 1427 de 2020) no ha sido incumplida, y sigue vigente.

Asimismo confirmó que la dirección territorial está adelantado las acciones de seguimiento y control sobre actuaciones realizadas por la Compañía Hass Colombia Paradise SAS

Estimó que ante una vulneración de los recursos naturales deben ventilarse a través de la acción popular y no de una acción de cumplimiento.

La medida fue confirmada en segunda instancia por el Consejo de Estado.

La magistrada Rocío Araujo Oñate, concluyó que la medida cautelar no contiene un mandato imperativo e inobjetable a cargo de la CAM.

Por el contrario fue proferida por la dirección territorial en el trámite administrativo en curso que dio inicio al proceso sancionatorio ambiental.

Especies nativas fueron erradicadas para sembrar aguacate.

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