Tres patrulleros de la Policía en el Huila que atendieron una llamada de violencia contra una mujer, fueron llamados a juicio disciplinario por las lesiones que sufrió Diego Andrés Soto Perdomo que, al parecer, golpeaba a la esposa, en el municipio de La Plata. El procedimiento de los uniformados originó una asonada que terminó con el incendio de la Alcaldía de la localidad y ataques con piedras contra la estación policial.
Rafael Rodríguez C.
Las lesiones que sufrió un hombre en medio de un procedimiento de tres policías, quienes atendieron una llamada por las agresiones que estaba sufriendo una mujer, al parecer, a manos del sujeto, en un sector popular en el municipio de La Plata, terminaron llevando a juicio disciplinario a los uniformados. El actuar de los patrulleros desencadenó una asonada que originó la quema de la Alcaldía de la localidad.
El pliego de cargos contra los patrulleros Cristian Andrés Chica Gómez, Diego Armando Cubides Rivas y Hernán Camilo Gaitán Casso, fue formulado por la procuradora Provincial de Instrucción Garzón, María del Pilar Artunduaga Osorio.
“Se tiene demostrado, en grado de presunción que los patrulleros…haciendo uso excesivo de la fuerza y utilizando en forma desmedida sus armas de dotación, causaron daño…comportamiento que lesiona el deber funcional sustancial y va en contravía de los lineamientos institucionales relativos al uso adecuado de los medios coercitivos”, dijo la funcionaria en el llamado a juicio disciplinario a los policías.
Se escucharon disparos
La investigación disciplinaria contra los patrulleros se originó por el procedimiento que adelantaron el pasado 16 de mayo de 2021, cuando acudieron a una llamada de agresión intrafamiliar contra una mujer, al parecer, por parte de su compañero sentimental, Diego Andrés Soto Perdomo.
Ese día a las 4:30 a.m. los patrulleros se encontraban realizando el primer turno como Cuadrante Uno en el municipio de La Plata, junto con otro patrullero, recibieron el reporte de una riña o violencia contra una mujer, en el sector de la carrera 3 con calle 2.
Chica Gómez manifestó que cuando fueron a adelantar el procedimiento correspondiente, fueron confrontados por el individuo agresor y sus acompañantes, generándose una riña múltiple que obligó a los uniformados a pedir apoyo, llegando al lugar los patrulleros Cubides Rivas y Gaitán Casso, quienes también portaban armas de fuego de dotación oficial.
El policía Alexander Prada Usma, quien era compañero de patrulla de Chica Gómez, manifestó al Ministerio Público que cuando trataron de identificar al hombre señalado como agresor, este agredió al patrullero Chica y salió corriendo, por lo que trataron de capturarlo.
Agregó que el hombre se metió a una casa calles más adelante y en ese momento su compañero le mostró su brazo ensangrentado y le indicó que el sujeto lo había herido. “En el lugar había 6 o 7 personas que se tornaron agresivas, que no permitían capturar al agresor…”, señaló la Procuradora al recordar la declaración del patrullero.
El uniformado manifestó al organismo de control que en algún momento escuchó varias detonaciones de arma de fuego y vio a Diego Soto tendido encima de su compañero de patrulla, Chica Gómez, quien se encontraba tirado en el suelo. “Precisó que los dos estaban heridos y que no observó ningún arma en las manos o cerca del señor Diego Soto”, señaló la funcionaria.
Indicó que el patrullero sostuvo que usó la tonfa para defenderse de los ataques de los ciudadanos presentes en el lugar. “A él lo atacaron con puños y mientras él se estaba defendiendo se presentaron los disparos”.
La versión de la agresión de la comunidad hacia los uniformados fue corroborada por el auxiliar de Policía, Willyn Andrey Ruiz Pacheco, para la época de los hechos y quien se encontraba de centinela de la Estación de Policía de La Plata y acudió al lugar de los hechos para apoyar a los patrulleros que fueron a atender la llamada de violencia contra la mujer.
El auxiliar policial indicó a la Procuraduría que al llegar al sitio vio a los ciudadanos agresivos y groseros, por lo que se defendieron con tonfa. “Las cosas se salieron de control y pidieron más apoyo, razón por la cual se desplazó en la camioneta hasta la estación para ir por más personal y al volver al lugar de los hechos, el patrullero Chica fue subido al carro para llevarlo al hospital”.
Asonada y quema de la Alcaldía
Para el Ministerio Público, el procedimiento de los uniformados que fueron a atender un llamado de caso de violencia intrafamiliar, desató en una confrontación directa entre los policiales y varios ciudadanos.
La agresión de los ciudadanos se dio por el estado de acaloramiento y la poca capacidad de los policías para actuar bajo presión en momentos de crisis. “Los policías no hicieron uso de la mediación necesaria para no llegar a estas instancias…”, dijo la procuradora Provincial de Instrucción Garzón, María del Pilar Artunduaga Osorio.
Recordó que para la época que los hechos ocurrieron en el marco de las jornadas de manifestaciones y protestas que se registraban en el país desde el 28 de abril de 2021. “En procura de evitar algún tipo de afectación por el uso inadecuado de la fuerza y de las armas de fuego durante el servicio, estaban llamados a observar con más cuidado, los lineamientos institucionales relativos al uso adecuado de los medios coercitivos, siendo su deber actuar de manera preventiva en los motivos de policía, constituyéndose en mediadores de conflictos y ante todo respetando los Derechos Humanos”.
Sostuvo la representante del Ministerio Público que durante el procedimiento, los patrulleros usaron las armas de fuego de dotación oficial que portaban, causando daño a la integridad de Diego Andrés Soto Perdomo, situación que fue rechazada por la comunidad y que desató una asonada en la cual incendiaron la Alcaldía de La Plata, atacaron con piedras las instalaciones de la Estación de Policía y causaron daños a varios establecimientos comerciales.
“Eran conscientes que tenían el dominio”
La procuradora María del Pilar indicó que los patrulleros con su actuar vulneraron la norma y disciplina policial. “Posiblemente se incumplió con la finalidad de la Policía Nacional… que está instituida para proteger a todas las personas residentes en Colombia, en su vida, honra, bienes, creencias y demás derechos y libertades”.
Precisó que la situación fue contraria a lo sucedido con Diego Andrés Soto Perdomo, quien sufrió daño en su integridad con “disparos efectuados por los investigados, efectuados con las armas de fuego de dotación que portaban en el momento de los hechos”.
Indicó que es claro que los patrulleros actuaron irregularmente. “Para el despacho aparece diáfano que los indagados realizaron la conducta en pleno ejercicio de sus condiciones de patrulleros de la Policía Nacional, y en virtud de ella debieron anteponer su condición de servidor público para no cometer el ilícito disciplinario, pues como miembros activos de dicha Institución, eran conscientes que tenían el dominio de los medios coercitivos y por ende de la situación, dada su investidura de autoridad, valiéndose de su superioridad manifiesta por su armamento de dotación y por su condición de policial”.
Aseguró la funcionaria del organismo de control que la conducta de los patrulleros Cristian Andrés Chica Gómez, Diego Armando Cubides Rivas y Hernán Camilo Gaitán Casso, es por acción por haber usado sus armas y lesionado a Soto Perdomo. “Con su comportamiento causaron daño a la integridad de Diego Andrés Soto Perdomo”.
Sostuvo, además, que es claro que con la conducta desplegada por los patrulleros, consistente en causar daño a la integridad de Diego Andrés Soto Perdomo, se transgrede el principio de moralidad. “Se apartaron de la conducta que se espera de todo servidor público y más de un miembro de la Policía Nacional de ceñirse a la ley, especialmente a las referidas a su disciplina policial y los procedimientos establecidos para el caso que atendieron, las cuales buscan proteger la libertad, integridad, seguridad y confianza de los ciudadanos… conocían que su labor era de carácter social y dirigida a la protección de los derechos de las personas, y que en consecuencia debían buscar su protección y no la vulneración de ellos”.
Las pruebas recaudadas le permitieron a la procuradora Provincial de Instrucción Garzón, María del Pilar Artunduaga Osorio, inferir, que presumiblemente la conducta cometida por los patrulleros Cristian Andrés Chica Gómez, Diego Armando Cubides Rivas y Hernán Camilo Gaitán Casso, sucedió con ocasión de la función o cargo, “dado que los hechos reprochados se produjeron estando en servicio activo como miembros de la Policía Nacional, y en virtud de ellos fue que se vieron incursos en la comisión de la conducta descrita cuando causaron daño a la integridad de Soto Perdomo.
‘Legítima defensa’
El abogado defensor de uno de los uniformados manifestó a la Procuraduría que la justicia penal militar cesó la investigación contra los uniformados.
Sostuvo que el Juzgado 151 de Instrucción Penal Militar del Departamento de Policía Huila, adelantó proceso, el cual culminó con auto en el que se resolvió cesar el procedimiento a favor de los indagados, por cuanto encontró “probado en grado de certeza que los investigados obraron en ejercicio legítimo de un cargo público y en legítima defensa”.