Por infracciones al DIH, Procuraduría destituyó e inhabilitó por 16 años a 4 miembros del Ejército

La Procuraduría confirmó que destituyó e inhabilitó por 16 años a 4 miembros del Ejército por infracciones al Derecho Internacional Humanitario (DIH) durante la operación militar ‘Alacrán’ que se llevó a cabo en la vereda Bocana del Chigüiro, zona de litigio entre Meta y Caquetá.

Redacción Web/LN

La Procuraduría General de la Nación destituyó e inhabilitó por el término de 16 años a cuatro militares adscritos al grupo ‘Sombra 3’ de la unidad ‘Agope Puma’ de la Brigada Móvil No. 1 del Ejército Nacional, por infracciones al Derecho Internacional Humanitario (DIH) durante la operación militar ‘Alacrán’ que se llevó a cabo en la vereda Bocana del Chigüiro, zona de litigio entre Meta y Caquetá.

El ente de control comprobó que sin que se presentara enfrentamiento, el cabo segundo, Hugo Alberto Arévalo Landinez; y los soldados profesionales, Jhonny Mosquera Pastrana, Yeferson Lizcano Duque y Carlos Arturo Villamil Parra dispararon su arma de dotación contra tres civiles que resultaron muertos, entre ellos una menor, sin verificar previamente y distinguir si estos ciudadanos eran combatientes o personas internacionalmente protegidas.

A juicio del ente de control, los militares no comprobaron si las personas que murieron violentamente estaban participando directamente en las hostilidades, o si se encontraban en un enfrentamiento o en cualquier otra circunstancia que indicara que podrían ser miembros de un Grupo Armado Ilegal y, por tanto, podían ser catalogados como objetivos militares para atacarlos indiscriminadamente.

La Entidad reprochó el comportamiento de los disciplinados, pues aseveró que los miembros del Ejército tenían pleno conocimiento de que esa misión debía adelantarse con total acatamiento de las normas y principios del DIH, pues así lo establecía la Orden de Operaciones 035 y, además, conocían las reglas de uso de la fuerza para repeler una agresión en contra de la vida de quienes integraban su unidad o la de un tercero.

La falta de los disciplinados fue calificada como falta gravísima a título de culpa gravísima, por violación de reglas de obligatorio cumplimiento.

Contra el fallo de primera instancia procede el recurso de apelación ante la Procuraduría Delegada de Juzgamiento Disciplinario.

Con información de: Procuraduría

¡LA NACIÓN en esta Navidad, llegó con regalos y diversión para los niños!

Con el apoyo del Centro Comercial Único Outlet y Royal Films, el periódico LA NACIÓN llevó a cabo una...

“La burocracia en el país ha aumentado sustancialmente”

Sobre la insípida ejecución en el presupuesto de inversión y falta de experiencia en el Gobierno Nacional, así como...

En la Audiencia Pública de Rendición de Cuentas, la gerente general de INFIHUILA, Adriana Marcela Valencia Cardona, presentó un balance positivo de la gestión...

Resultados financieros destacados El INFIHUILA reporta utilidades de $3.939 millones al cierre de noviembre de 2024, con un patrimonio consolidado...

Síguenos en:

Artículo Relacionado

 $50 millones de recompensa por autores de atentado contra la Policía

La Gobernación de Norte de Santander ofrece una recompensa de hasta $50 millones a quien brinde información que...

JEP anuncia nuevos hallazgos de restos óseos en la Escombrera, comuna 13 de Medellín

La Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) y la Unidad de Búsqueda de Personas Dadas por Desaparecidas (UBPD)...

Ocupan bienes de mayor en retiro de la Policía implicado en narcotráfico

De acuerdo con la Fiscalía, el mayor en retiro de la Policía habría facilitado la salida de cargamentos...

Un policía muerto y otros dos heridos deja acción terrorista en Norte de Santander

La acción violenta se produjo en el municipio de El Zulia, departamento de Norte de Santander, en momentos...