Prohibido el uso de pólvora en Neiva

Con el objetivo de salvaguardar la vida de los neivanos, la Alcaldía de Neiva expidió el Decreto 0986 que sanciona y prohíbe la comercialización, transporte, uso y manipulación de pólvora en la capital huilense. En el documento se estipulan algunas salvedades y excepciones.

“Frente a la pólvora es muy drástico en el decreto la prohibición total y absoluta con la comercialización, uso y transporte de la misma. Lo que buscamos es salvaguardar la salud y la vida de los neivanos, aunque existen algunas excepciones como quienes tienen la licencia o los permisos o quienes cumplen con los protocolos acatando normas, decretos y requisitos”, explicó Faiver Hoyos Hernández, secretario de Gobierno.

El decreto ya entró en vigencia y regirá hasta el 11 de enero de 2022 y es claro en la prohibición, comercialización, transporte, uso y manipulación de la pólvora durante estas fechas de fin e inicio de año nuevo.

“Quien tenga o use pólvora deberá tener un sitio adecuado y además de ello los permisos pertinentes; la comercialización de la misma deberá estar autorizada por el organismo competente, para ello la Policía Nacional, la Secretaría de Gobierno, todas las instancias dentro de ellas Gestión del Riesgo y Bomberos tendrán que hacer los controles pertinentes en los sitios donde se denuncie este uso indebido de la pólvora” añadió el funcionario.

Finalmente, este Decreto también prohíbe el porte de armas de fuego. “Queremos reducir los homicidios en esta temporada, que el inicio del año sea el mejor, que la gente pueda vivir en tranquilidad. El Alcalde exige responsabilidad a los adultos, dueños de establecimientos y por eso los controles por parte de la Policía Nacional”, indicó Hoyos.

Sobre la reactivación en esta época de fin de año, el secretario de Gobierno argumentó que “en el tema de los horarios a establecimientos, la apertura se hace para Neiva en la zona urbana desde las 10:00 a.m. hasta las 5:00 a.m. del día siguiente. Neiva estará despierta, queremos una reactivación total. En los corregimientos por temas de orden público, porque en algunos sectores no hay policía cercana, será de 10:00 a.m. a 1:00 a.m. con la salvedad los días 24 y 31 de diciembre que podrán estar abiertos hasta las 3:00 a.m.”

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