Reformas a los procesos judiciales. Por Jaime Alberto Arrubla

Desde hace ya varios años venimos  implementando una  importante reforma al proceso penal en Colombia, cambiando completamente el modelo; pasamos del proceso inquisitorio al  acusatorio, con la preponderancia de la oralidad. Gran esfuerzo económico ha realizado el Estado para la implementación de esta reforma cuyos resultados aún están por verse. Se escucha con frecuencia que el sistema colapsó, que no hay policía judicial suficiente, que hay gran cantidad de denuncias criminales represadas, que nunca serán investigadas, que solamente funciona con algunos casos de flagrancia, etc. La Corte Suprema habló esta semana de un 97% de impunidad en materia criminal. Indiscutiblemente que el sistema de la oralidad que se entroniza en el nuevo modelo tiene importantes bondades: permite la inmediación  directa por parte del juez,  agiliza y descongestiona en la medida que un proceso por audiencias es más eficaz. Pero también hay que reconocer que supone de un trascendental cambio cultural en todos los sujetos procesales  que intervienen y en la sociedad misma;  igualmente precisa de una gran plataforma de tecnología de punta y una infraestructura física  adecuada para que pueda funcionar.  Además, los funcionarios encargados de implementarlo no pueden partir de despachos congestionados, sino por el contrario, de un juzgado con “0” kilómetros de recorrido, o por lo menos sin procesos acumulados y atrasados. Sin esperar a ver los resultados,  rápidamente  el entusiasmo  llevó a la implementación del proceso oral en  los asuntos laborales  y de allí a los procesos contencioso administrativos, para lo cual  se reformó todo el Código Contencioso en forma precipitada y sin contar que al mismo tiempo se estaba en la tarea de redactar un Código General del Proceso  que lo modificaba en algunas cosas, reemplazaba el proceso Civil,  que además  tornaba anacrónico al primero en algunos aspectos. La verdad es que el  país y el sistema no  resisten tanta reforma al mismo tiempo, ni el primero es  capaz de implementarla. Estamos a algunos meses de que entre a regir  en su totalidad el Código General del Proceso y no contamos  con la infraestructura que ello demanda.  Apenas en Bogotá tenemos tan  solo 10 salas de audiencia en los Tribunales  para más de 100 magistrados.   Si no queremos presenciar la frustración del siglo, es mejor que vamos seriamente pensando en posponer su entrada en vigencia. *Ex presidente Corte Suprema de Justicia

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