Al rojo vivo se encuentra en este momento la situación política del municipio de Campoalegre, luego de que ayer las partes fueran ya notificadas sobre la decisión del Tribunal Administrativo de Cundinamarca que revivió la revocatoria de la alcaldesa Neyla Triviño.
El fallo establece un plazo no mayor a las 48 horas para que para que el registrador municipal proceda a decidir de una vez por todas en este proceso que había sido echado abajo por el anterior funcionario William Escobar Betancourt.
Es decir, que lo que deberá hacer el registrador de Campoalegre será volver atrás en el trámite de resolver el recurso de reposición interpuesto por la alcaldesa Triviño.
Qué significa
Significa entonces que deberá quedar sin efecto la resolución 07 del 20 de mayo de 2013 mediante la cual se ordenó el archivo del proceso de revocatoria del mandato de la alcaldesa Neyla Triviño.
Adicionalmente, según explicó el registrador Delegado Departamental, Humberto Carrillo, la misma sentencia ordena que para efectos de garantizar el debido proceso, el registrador de Campoalegre debe notificar a los promotores o a quienes impulsan la revocatoria de Triviño, el recurso de reposición que interpuso la Alcaldesa.
“Esto, con el propósito de que los impulsores de la revocatoria tengan la posibilidad de manifestarse frente a lo que dice la señora alcaldesa. Entonces, garantizando ese trámite, que está garantizando un derecho fundamental del debido proceso, el registrador resuelva sobre este recurso de reposición”, explicó Carrillo.
Más claro
Es más, lo que aquí se debe hacer es un traslado de las pruebas en las que se fundamentó el recurso de reposición. En plata blanca, es que los promotores de la revocatoria las reciban.
Posteriormente, el registrador municipal de la capital arrocera deberá enviar las firmas recogidas a unos peritos en Bogotá ara que allí en un proceso diferente al anterior, sean revisadas, en un plazo aproximado de 30 días.
Una vez cumplido este trámite, entonces se tomará una decisión final.
Qué sigue
Sinembargo, ante esta decisión del Tribunal Administrativo de Cundinamarca, la alcaldesa Triviño tiene otra oportunidad, y es que dentro de los seis días siguientes a la notificación de la decisión de tutela, podrá pedir impugnación lo manifestado por esa corporación.
Pero mientras tanto, lo establecido en el fallo se debe cumplir dentro del plazo establecido, sin esperar a que la alcaldesa interponga ese recurso, y se produzca una decisión de segunda instancia.
Así las cosas, lo que podría seguir es que el registrador ratificara el archivo del proceso de revocatoria o permitir que éste continúe y posteriormente vendría una convocatoria a elecciones para elegir nuevo mandatario local.
Esaín Calderón, asesor jurídico de los demandantes, dijo que lo que ocurrió con el fallo del Tribunal Administrativo de Cundinamarca es que existen instituciones que sí hacen respetar a los ciudadanos.
“Un juez aquí no halló razón alguna para decidir y un alto tribunal, sí. Ahora será el pueblo el que decida si la alcaldesa sigue ahí o no. Porque fueron 4.500 personas las que apoyaron el proceso. Pero aquí quedó claro que hay inmadurez en los mecanismos de participación ciudadana porque hay que acudir a tutelas para que se resuelva un proceso como este”, señaló Calderón.