Suspendida Personera de Guadalupe

La funcionaria, reelegida por otros cuatro años tendrá que separarse del cargo temporalmente por orden judicial. El Tribunal Administrativo del Huila decretó la medida cautelar por las anomalías registradas en el proceso de elección.

 RICARDO AREIZA

Investigacioneshuila@gmail.com

La relección de la personera de Guadalupe (Huila), María Alexandra Floriano Parra, comenzó a desplomarse. La funcionaria quien repitió un nuevo periodo a partir del mes de enero pasado, tendrá que hacer dejación del cargo por orden judicial.

El Tribunal Administrativo del Huila admitió la primera de dos demandas de nulidad por irregularidades en el proceso de selección y decretó la suspensión provisional, como medida cautelar.

La Personera fue ratificada para un nuevo periodo de cuatro años, en un concurso ‘ficticio’, realizado por una entidad desconocida, sin idoneidad que, al parecer, suplantó a la Universidad Popular del Cesar (UPC) con sede en Valledupar.

La denuncia fue hecha por el propio rector de la institución, Rober Romero Ramírez. Sin embargo, pese a las graves alertas que se activaron, incluso por la Procuraduría, el Concejo de Guadalupe, pasó de agache. Antes que reversar el irregular procedimiento y enderezar el concurso, prosiguió hasta la designación de la funcionaria en enero de 2024.

Por hechos similares fue demandada la reelección del personero de Altamira (Huila), Héctor Augusto Vargas Toledo.

Los dos personeros fueron ratificados en sus cargos para un nuevo periodo de cuatro años, en concursos ‘fraudulentos’.

Las demandas

La primera demanda la presentó la procuradora Judicial, Natalia Paola Campos Sossa, en calidad de agente especial, poniendo en evidencia la cadena de anomalías que se presentaron, en este proceso de selección. Una segunda demanda, la radicó la propia universidad vallenata, denunciando que nunca autorizó la realización de estos concursos.

La tercera demanda, que provocó la inmediata suspensión del cargo, la presentó el abogado Grenfell Lozano Guerrero, quién denunció que el proceso de selección de personero fue irregular. En particular, porque en el proceso para escoger la entidad especializada que acompañaría el proceso de selección se desconocieron los estándares mínimos consagrados en la normatividad relacionada.

“En la compleja actuación administrativa que culminó con el acto de declaratoria de elección de la Personera se incurrió en violación de determinadas reglas jurídicas de inexcusable observancia por parte de la autoridad pública responsable de la elección”, argumentó.

La controversia

La medida cautelar fue decretada por el magistrado Ramiro Aponte Pino al admitir una de las dos demandas de nulidad contra la elección de la funcionaria.

La personera María Alexandra Floriano Parra aseguró que la solicitud carece de respaldo probatorio. “Resulta más de la animadversión que tiene el demandante contra el concurso, que lo lleva a perder la objetividad”, subrayó.

“El convenio de cooperación institucional suscrito con la Universidad Popular del Cesar no ha sido suspendido ni declarado nulo; de suerte que existe una indebida escogencia de la acción”, respondió su apoderada Yaqueline Garzón Villanueva.

En su criterio, el demandante debió optar por una acción de nulidad contractual.

Por su parte, la administración municipal se opuso, alegando que la petición no cumple con los criterios establecidos por el demandante para fundamentar la medida cautelar. “No están ni siquiera cerca de estas exigencias, por cuanto las normas que considera violadas, no lo son”, afirmó su apoderado, Clodomiro Rivera Garzón.

El 5 de enero de 2024, antes de conformarse la lista de elegibles, el jefe de la oficina Jurídica de la universidad Oscar Pacheco Moscote le reiteró al Concejo que el rector no había autorizado la suscripción ni ejecución de ese convenio.

Ese mismo día, la Viceprocuraduría General de la Nación también le informó al presidente del concejo la existencia de irregularidades en la celebración del convenio interadministrativo para la selección del personero y en las diferentes etapas del trámite concursal.

El presidente del Concejo, Carlos Ferney Salazar Floriano, subestimó las denuncias, argumentando que el vicerrector administrativo estaba facultado para suscribir el convenio y que al concurso se presentaron 20 aspirantes lo que le daba credibilidad al concurso.

A pesar de las anomalías y las inconsistencias denunciadas anticipadamente, la corporación eligió el 10 de enero a la personera María Alexandra Floriano Parra para un nuevo periodo.

María Floriano Parra, personera.

Medida cautelar

“Teniendo en cuenta que el concurso no fue orientado por una entidad idónea; es evidente que se soslayó el mandato consagrado en la Ley 1551 de 2012”, precisó el magistrado Ramiro Aponte.

En este caso se requería la utilización de pautas, criterios e indicadores objetivos, y, por otro, imparcialidad para evaluar, cuantificar y contrastar la preparación, la experiencia, las habilidades y las destrezas de los participantes.

“Merced a dicha falencia, tampoco se podía garantizar el “procesamiento y la sistematización de una gran cantidad de información”, con “la disposición de una amplia y compleja infraestructura y logística administrativa”, subrayó Aponte.

La decisión fue respaldada por los otros dos magistrados Jorge Alirio Cortés y Enrique Dussán Cabrera.

En estas condiciones, la corporación colegiada admitió la demanda y decretó la suspensión de los efectos jurídicos del acto de elección de la personera Floriano Parra para el nuevo periodo 2024-2028).

La única ganadora

La funcionaria apareció como la única ganadora al haber obtenido un puntaje total del 88,61%. El segundo en la lista fue Efraín Yesid López Gómez con un puntaje de 84,90.

El resultado fue publicado el 9 de enero de 2024. Al día siguiente el Concejo la eligió y posesionó para otro periodo constitucional de cuatro años (2024-2028). Ese mismo día fue elegida la Secretaria General Karen Viviana Ortiz.

La nueva personera, María Alexandra Floriano Parra, fue elegida por unanimidad. Obtuvo 11 votos.

El presidente de la corporación Carlos Ferney Salazar Floriano, concejal de Cambio Radical, le tomó el juramento. Como garantes firmaron Israel Ordoñez Alonso, primer vicepresidente y segundo vicepresidente Robinson Reinel Rodríguez.

A finales del año pasado, el rector Rober Romero Ramírez, advirtió que la entidad no había autorizado ni avalaba la celebración de esos convenios, entre otras razones porque no tenía los recursos, la idoneidad ni la experiencia para realizarlos. Es más, el mismo rector, además de formular las denuncias penales y disciplinarias, decidió demandar el concurso.

 “La rectoría a mi cargo no ha suscrito ni autorizado la suscripción de convenio relacionado con el concurso público de méritos para la selección de los candidatos al ejercicio de empleo público de Personero en ese municipio”, reportó Romero Ramírez.

De igual manera informó que ni ninguna persona ha sido autorizada para adelantar trámite alguno relacionado con el concurso.

Convenio exprés

La convocatoria para la elección de personero la hizo la anterior mesa directiva del Concejo mediante Resolución No. 012 del 16 de junio de 2023.

Sin embargo, en tiempo récord (once días) el presidente de la corporación suscribió el convenio de cooperación institucional supuestamente con la Universidad Popular del Cesar para realizar las pruebas. El contrato fue suscrito por Orlando Seoanes Lerma, quien actuaba, aparentemente, en calidad de Vicerrector Administrativo de ese centro superior.

El funcionario fue retirado del cargo el primero de diciembre de 2023, según el rector de la UPC, Robert Romero, por la firma de 41 convenios irregulares, entre ellos el de Guadalupe, que no habían sido autorizados por la institución.

El rector de la institución confirmó que la Universidad Popular del Cesar no tiene la reglamentación, presupuesto ni la estructura para adelantar ese tipo de concursos. Por eso advirtió que ninguno de los convenios firmados en su nombre no tenían el aval ni habían sido autorizados.

No autorizado

 “Ni en la rectoría, ni en la oficina jurídica ni en la Unidad de Contratación de la Universidad Popular del Cesar, reposa documento alguno sobre convenio o contrato interadministrativo celebrado entre esta entidad y el Concejo Municipal de Guadalupe”, precisó el abogado de la institución, José Rodríguez Araque, autor de la primera demanda.

“Si existe algún documento de dicha índole en poder del Concejo Municipal, el Rector de la Universidad Popular del Cesar no autorizó la suscripción y /o ejecución de ningún convenio cuyo objeto se relacione con el adelanto del proceso para la elección del personero en ningún municipio”, reveló.

Por su parte, la vicerrectora académica, Judith Jiménez Ríos certificó que “la universidad no tiene constituido ni aprobado un reglamento, banco de preguntas, protocolo de confidencialidad y seguridad para el desarrollo de concurso público para la selección de personeros”.

Y para completar, Ingrid Manjarrés Murgas, coordinadora del Grupo Gestión Desarrollo Humano, certificó que no se encontró autorización de comisión de servicio en representación de la Universidad Popular del Cesar, para adelantar el proceso de presentación de pruebas para concurso de elección de personero municipal”.

Con estos elementos, el Tribunal Administrativo del Huila admitió la primera demanda y ordenó la suspensión provisional de la funcionaria.

Además, en el mismo organismo judicial, se tramitan otras dos demandas con idénticas pretensiones. ¿Y los concejales tendrán alguna responsabilidad?

En el ojo del huracán

La elección del personero de Altamira, Héctor Augusto Vargas Toledo, está en la cuerda floja por las mismas irregularidades registradas con su colega de Guadalupe.

En su caso, la demanda fue colocada por la Procuraduría General de la Nación y por la Universidad Popular del Cesar (UPC) con sede en Valledupar, al parecer, suplantada para realizar el concurso, sin tener la experiencia ni los instrumentos técnicos para aplicar las pruebas.

Vargas Toledo fue reelegido para un nuevo periodo por el Concejo (Resolución 007 de 2024) expedida el 10 de enero de este año.

Mientras tanto otras dos demandas fueron presentadas pidiendo la nulidad de la elección de los personeros de Teruel Personero Municipal de Teruel Adriana María Ladino Pastrana y de Aipe.

La primera fue presentada por Cristian Camilo Parra por supuestas irregularidades en el concurso realizado por el el Instituto Técnico Nacional.

La contratación se realizó sin contar con la anuencia y ni las firmas de los dos vicepresidentes, pero invocando falsamente en ellas que se trató de una decisión de la mesa directiva, según el demandante.

Las irregularidades surgieron desde los inicios del proceso, en la etapa de la selección de la institución educativa que iba a colaborar con el Concejo en el proceso de elección y convocatoria del concurso público de méritos según da cuenta el Acta No. 02 del 14 de junio de 2023 aprobada y suscrita unilateralmente por el presidente de la corporación.

En Aipe, se pidió la anulación del concurso y la convocatoria a un nuevo proceso para la designación del Personero. La demanda fue presentada por Yoan Orlando Garay.

El demandante pidió la nulidad de la Resolución No. 021 expedida el 9 de noviembre de 2023 por la mesa directiva del concejo convocando el concurso abierto de méritos para la elección de personero y la invalidación de las actuaciones realizadas por el Instituto Unidad Central del Valle del Cauca, contratado a dedo para organizarlo.

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