Taxista acusado de tráfico de marihuana fue absuelto

El taxista Oscar Orlando Torres Ninco fue acusado del delito de transporte de estupefacientes. La juez de conocimiento lo absolvió. “No fue desvirtuada la presunción de inocencia…”, dijo la togada.

 

Rafael Rodríguez C.

rafael@lanacion.com.co

Por duda en las pruebas presentadas por la Fiscalía, fue absuelto el taxista Oscar Orlando Torres Ninco, procesado por un alijo de marihuana que fue encontrado en la silla delantera de su vehículo, en un sector residencial de Neiva.

“No fue desvirtuada la presunción de inocencia que milita a favor del acusado, dado que persiste la duda probatoria sobre la ocurrencia del hecho”, dijo en la sentencia la Juez Cuarta Penal del Circuito con Funciones de Conocimiento.

Torres Ninco, fue acusado del delito de tráfico, fabricación o porte de estupefacientes, por la Fiscal Sexta Seccional de Neiva, tras ser capturado por unidades de la Policía Metropolitana de Neiva 26 de octubre de 2016.

La operadora judicial manifestó que con los testimonios de los patrulleros de la Policía, Edwin Perdomo Houghton y Yilmar Rodríguez Leiva, no se demostró que la sustancia encontrada en el taxi le perteneciera. “Detallaron los momentos previos, concomitantes y posteriores a la captura del aquí implicado, no se logró establecer que la sustancia hallada en el vehículo…conducido por el señor Torres Ninco, fuera de su propiedad…”.

Agregó además que tampoco hubo certeza, con los testimonios de los uniformados, que el taxista supiera de la sustancia alucinógena en el carro. “No se logró establecer (que) éste tuviera la certeza de la existencia de dicha sustancia y que aquella correspondía a sustancia estupefaciente, más exactamente cannabis o marihuana”.

Recordó la togada que la marihuana se encontraba empacada en bolsas transparentes, al interior de la caja de cartón, sellada, y en una bolsa plástica negra, “impidiendo no solo su percepción a simple vista, sino al olfato, como lo refiere el policial Rodríguez Leiva, quien además indicó que al parecer el implicado desconocía el contenido de dicha caja, pese a mostrarse muy nervioso”.

Sostuvo la juez que el estado de nerviosismo del taxista al momento de la presencia de los policías y su captura, no es prueba de que supiera que tenía en su poder la sustancia alucinógena. “Resulta imperioso manifestar que el estado de nerviosismo por parte del señor Torres Ninco, no puede entenderse per se, como indicio de responsabilidad, como lo quiere hacer ver la Fiscalía…”.

Para la operadora judicial, la Fiscalía prejuzgo a Torres Ninco por estar siendo investigado por otro delito. “La Fiscalía en su alegato final, asegura el conocimiento que tenía el implicado sobre la comisión del ilícito y su voluntad de realización de la misma, por el hecho de encontrarse inmerso, igualmente, en una investigación por el delito de receptación, no puede tenerse como un criterio orientador para demostrar la responsabilidad del aquí acusado…”, explicó la togada.

Reiteró que “el hecho que el implicado esté siendo investigado por otra conducta punible, no es indicativo de que tuviera el conocimiento de que al transportar dicha caja estuviera cometiendo una conducta delictiva…”.

Recordó la juez que el procesado al igual que uno de los testigos de la defensa, fueron coherentes y claros en sus testimonios, al manifestar que Torres Ninco recogió a un pasajero en la Terminal de Transportes de Neiva para llevarlo al barrio Las Acacias, el hombre al llegar a su destino se bajó del taxi, ingresó a una casa por plata para pagarle y fue cuando llegó la Policía y encontró la caja con marihuana.

“El acusado en su dicho refirió haber sido interceptado por un vehículo tipo taxi perteneciente a la Sijin, quienes le solicitaron un registro al que accedió de manera voluntaria, no obstante, este refiere que al momento en que fue verificado el contenido de la caja, manifestó que le pertenecía al pasajero que había ido en busca de dinero para pagarle la carrera”, indicó la togada.

Precisó que al valorarse la versión que sobre los hechos narraron los policiales Edwin Perdomo Houghton y Yilmar Rodríguez Leiva, frente a las demás pruebas, “es claro que en la teoría del caso de la Fiscalía y en los alegatos finales surgen incoherencias e inconsistencias que le restan poder suasorio…”.

Sostuvo la operadora judicial que ante la duda en las pruebas debe ser absuelto el acusado Torres Ninco. “No queda otra alternativa que proferir una sentencia absolutoria dado que la prueba practicada en el juicio oral no ofrece un conocimiento más allá de toda duda acerca de la responsabilidad penal de Oscar Orlando Torres Ninco”.

La captura

Torres Ninco quedó en poder de las autoridades, luego de una carrera que le hizo en el taxi placa TGZ-551, a un hombre que recogió en el módulo Centenario en la Terminal de Transportes de Neiva a las 9:50 de la mañana del 26 de octubre de 2016.

La fiscal en la acusación contra Torres Ninco manifestó investigadores de la Sijin recibieron la información que en un taxi de placa TGZ-551, se transportaba marihuana para las ollas de la comuna ocho de esta ciudad. “Que hacía su recorrido por el sector de Las Acacias hacia el barrio Panorama en horas de la mañana”.

El pasajero, solicitó una carrera a la calle 1C con carrera 27A en el  barrio Las Acacias en la comuna Ocho en el suroriente de la capital huilense, en el camino el sujeto hizo parar el vehículo frente a una tienda, ingresó al lugar y regresó con una bolsa negra, dentro de la cual introdujo la caja de cartón.

EL taxi continúo su camino hacia su destino final, donde descendió del vehículo con el fin de buscar dinero para pagar su carrera, dejando el paquete como señal de pronto regreso. En ese momento llegaron los investigadores, al observar el carro con las características que les dio la fuente, y al registrar el paquete encontraron que contenían 5,845 kilogramos de marihuana.

 

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