Virgilio Hüergo salvó su curul (en primera instancia)

El Tribunal Administrativo del Huila, declaró probada la excepción denominada “ausencia de elementos estructurales de la causal de anulación”, propuesta por el demandante, y además, denegó las pretensiones de la demanda que consiste en la nulidad de la elección del diputado de la Asamblea Departamental Virgilio Hüergo Gómez por incurrir supuestamente en doble militancia.

 

Johan Eduardo Rojas López

Periodistamultimedia4@lanacion.com.co

 

Un fallo de la Sala Cuarta de Decisión desvirtuó de alguna manera, en primera instancia, las razones de la demanda interpuesta por Luis Alberto Escobar Garzón y le dio la razón al hoy diputado del Partido Alianza Verde, Virgilio Hüergo Gómez, quien fue reelegido para el periodo constitucional 2024-2027.

¿Doble militancia?

Según el demandante, el político durante campaña no apoyó a los candidatos de su partido, incluyendo de hecho a los coavalados, pues presuntamente, a la gobernación del Huila, apoyó a Rodrigo Villalva Mosquera, del partido Liberal y no a Rodrigo Lara Sánchez, quien desde el 26 de julio de 2023 se inscribió en coalición con el partido Alianza Verde. Y, según Escobar Garzón, eso fue de conocimiento público desde el inicio de la contienda electoral.

Sustenta además en la demanda, que Hüergo Gómez tampoco apoyó al candidato a la Alcaldía de Campoalegre coavalado por su partido que para este caso sería Víctor Ramon Vargas Salazar, y en su lugar, respaldó al candidato liberal Oscar Alberto Cuéllar Medina.

Algo similar sucedió en Gigante, en donde le brindó su apoyo al candidato avalado por el partido Liberal y Cambio Radical, Josué Manrique Murcia; en vez de respaldar a Kevin David Arriguí Vargas, quien estaba coavalado por el partido Alianza Verde.

Como si fuera poco, según lo expuesto por el demandante, el hoy diputado “apoyó e hizo equipo” con varios liberales, entre esos: Helmut Falla Osorio (candidato a la Alcaldía de Baraya), Gerson Osorio Rivera (candidato al Concejo de Baraya), Alexander Martínez (candidato a la Alcaldía de Colombia) y Humberto Alvarado Guzmán (candidato a la Alcaldía de Rivera). En Tello, respaldó a Fernando Alipio, como candidato a la Alcaldía por el movimiento “Tello merece más”, y en Paicol, Aníbal Chavarro Chantre, candidato a la Alcaldía por el movimiento “Primero la Gente”.

“En reuniones privadas, públicas y masivas, hizo proselitismo a favor de candidatos no avalados por el partido Alianza Verde. La doble militancia del demandado es de público conocimiento en el departamento y fue ampliamente registrada por medios de comunicación”, se lee dentro de la fundamentación fáctica de la providencia.

En oposición a las pretensiones

Como era de esperarse, el diputado, se opuso a la prosperidad de las pretensiones, habida cuenta de que, según su argumentación, no se reúnen los requisitos requeridos para que se configure la causal de nulidad de doble militancia.

Dijo que, en cuanto a los aspectos subjetivos, en la mayoría de los hechos el demandado no precisa concretamente las conductas desplegadas que le endilga y, tampoco analizó, si el partido Alianza Verde tenía candidato propio a las alcaldías anteriormente mencionadas. Por tanto, estima que el elemento objetivo “brilla por su ausencia”.

Frente al tema de su apoyo al candidato a la Gobernación del Huila, señaló que “la misma la deduce el demandante, del actuar que calificó de mezquino por parte de mi representado al negarse a otorgar aval o coaval en favor de quien posteriormente fue candidato por esa colectividad a la Gobernación del Huila el doctor Rodrigo Lara Sánchez. Una condición temporal, derivada de la fecha en que se desarrolló la rueda de prensa y los comunicados de prensa el 25 y 26 de julio respectivamente, fecha en la ni siquiera se había cerrado el plazo para otorgar avales por parte de los partidos y conforme con el calendario electoral fenecía el 29 de Julio de 2023”.

Explicó además que frente a la fotografía que fuera tomada presuntamente de las redes de Javier Monje, en esta no se logra evidenciar que se trate de un evento de campaña auspiciado por Rodrigo Villalba Mosquera y no se verifica el contenido de la intervención de quien aparece en la fotografía, a efectos de confirmar que se trató no solo de un acto de campaña, sino que además realizó manifestaciones de apoyo. Eso tendría sustento, por decirlo de alguna manera, al referenciarse que Hüergo Gómez es un diputado de oposición al Gobierno Departamental.

Con todo esto, el apoderado del diputado, expresó que, no queda duda de que su representado no ejecutó, realizó o efectuó ningún tipo de acto de proselitismo.

Facsímil de la decisión del Tribunal Administrativo del Huila.
Facsímil de la decisión del Tribunal Administrativo del Huila.

¿Y los municipios?

De acuerdo a lo expuesto por el abogado del demandado, las pruebas en este punto están lejos de poder develar un acto de doble militancia y, por tanto, se descarta la configuración de la causal de anulación de su elección. Para el caso de Gigante, se alega que el material probatorio es de marzo de 2023 cuando ni siquiera se conocía el señor Manrique Murcia por cuáles partidos sería avalado. En esa línea, “no es posible develar una doble militancia a partir de actividades o reuniones que se realizaron con mucha antelación”.

“Sobre el específico, resaltarse que el material devela la inexistencia de la causal invocada, pues en aquellas no se logra advertir algún acto de apoyo o acompañamiento de Hüergo Gómez al mencionado candidato Villalba Mosquera. Por el contrario, todas están dirigidas a persuadir al electorado en votar por mi representado, sin que de aquello logre deducirse que existía una alianza o acuerdo soterrado”, se lee en la providencia respecto al caso de Baraya.

En el caso puntual de Rivera, se alega que no se contaba con candidato propio, ni coavalados y, por ende, estaba habilitado para apoyar a candidatos de otras colectividades. Mismo caso, sucedió en Paicol. Finalmente, y en relación a los municipios anteriormente señalados, se indica que muchas de las pruebas aportadas corresponden a actuaciones o intervenciones realizadas antes del proceso de inscripción de candidatos.

 Se suman a la demanda

Ante todo este panorama, el 24 de abril de 2024, Nelson Osorio Otálora y Patricia Valenzuela Buitrago, solicitaron ser aceptados como coadyuvantes activos; argumentando que el demandado incurrió en doble militancia. El 25 de abril de 2024 se llevó a cabo la audiencia inicial, para posteriormente realizar la audiencia de pruebas y traslado de alegaciones.

Allí consideraron que en la rueda de prensa realizada el 25 de julio de 2023 por los directivos del partido Verde a nivel departamental, se advirtió la alienación del demandado con el proyecto político de Rodrigo Villalba Mosquera y su relación con candidaturas de ese partido. Además, Helmut Falla Osorio, Josué Manrique Murcia y Fernando Alipio Solano, se beneficiaron del “apoyo” del partido Verde.

Denegar las pretensiones

El Ministerio Público entonces solicitó denegar las pretensiones porque las pruebas allegadas no dan cuenta de la participación en reuniones o en actos de proselitismo político en donde el demandado participó como candidato a la duma departamental y manifestara su apoyo a aspirantes a la Gobernación del Huila, alcaldías o Concejo. Es más, no se logra determinar las circunstancias de tiempo, modo y lugar en que fueron captadas las pruebas que salieron, muchas de ellas, de redes sociales de terceros.

Es importante recordar que, en la audiencia inicial, el magistrado ponente se abstuvo de decretar como prueba la referida resolución (link aportado por los coadyuvantes); debido a que la petición se tornaba extemporánea y se negó la incorporación oficiosa. Y en todo el proceso, el demandante no logró acreditar las pretensiones.

Para el caso de la candidatura a la Gobernación del Huila, la Sala considera que a diferencia de lo que se afirma en la demanda, las pruebas aportadas no acreditan que el demandado apoyara expresamente la candidatura avalada por el Partido Liberal de Rodrigo Villalba Mosquera. Así mismo, las pruebas por el caso de Baraya, Gigante, Campoalegre, Hobo, Colombia, Paicol, Rivera y Tello, no son lo suficientemente contundentes como para acceder a las pretensiones.

Es así como concluyen que no se acreditaron los requisitos que configuran la causal de nulidad electoral por doble militancia en la modalidad de apoyo; “de suerte que las pretensiones de la demanda no están llamadas a prosperar por cuanto se acoge la excepción de ausencia de elementos estructurales de la causal de anulación”.

“Estoy tranquilo”

Tras esta primera decisión, el diputado en diálogo con LA NACIÓN, explicó que está ⁠tranquilo dado que junto con su equipo jurídico tenían la confianza en que todo saldría bien. “Le doy gracias al equipo jurídico por representar nuestros intereses y el de miles de huilenses que con su voto, nos dieron la oportunidad de revalidar la credencial; la misma que seguiremos poniendo al servicio de nuestro departamento para trabajar día y noche para mejorar la calidad de vida de los opitas”, sostuvo.

Aunque aún se desconoce con exactitud si el demandante echará mano de algún recurso, Hüergo Gómez, aclaró que “confiamos en Dios y en la defensa que seguirá ejerciendo, esperando que, si existe alguna apelación, nuevamente la justicia falle a su favor”.  “Tanto en mi vida privada, como en mi vida pública siempre he actuado con rectitud y apegado a la ley y a las instituciones, por eso, siempre estuvimos tranquilos”, concluyó.

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